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  • incumplimiento de alimentos provisorios

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #900149  por abogadamdq
 
Caso de juicio de alimentos (Pcia. de Bs. As.), el demando no trabaja en relación de dependencia, es autónomo, (tiene a su nombre automotor que usa para su trabajo, tiene buen ingreso), se decretan alimentos provisorios a favor de la actora y se ordena a la demandada a depositar $xxx en la cuenta de autos, etc.

Pasos a cumplir cuando el demandado no deposita.

1 - Solicitar se libre oficio al Banco Provincia Sucursal Tribunales para que se sirva informar los últimos depósitos realizados en la cuenta de autos. Cuando sale el proveído presentar en el Tribunal el escrito "Acompaña oficio para control". Cuando lo controlan y no sale observado, retirar el oficio, llevarlo al Banco, lo contestan en tiempo, retirarlo del Banco, presentar en el Tribunal escrito: "Acompaña oficio diligenciado. Se agregue".

2 - Cuando ha sido agregado en el expediente dicho oficio del que surge de su contestación que no hay depósito alguno en la cuenta de autos, solicitar al Tribunal mediante escrito "Manifiesta. Se intime": manifestar el incumplimiento del demandado, y solicitar se lo intime a depositar los alimentos provisorios bajo apercibimiento de ley con habilitación de días y horas inhábiles.

3- Cuando sale el proveído de librar cédula al demandado, presentar cédula a control al Tribunal, (el domicilio a notificar es el constituido), sale la cédula controlada sin observaciones, llevarla en el día a la oficina de Mandamientos y Notificaciones, preguntar cuando la devuelven diligenciada para pasar a retirarla, retirarla ya devuelta, llevarla al Tribunal, presentar escrito "Acompaña cédula", Solicitando sea agregada al expediente.

4 - El demandado sigue sin depositar, por lo que se procede a diligenciar informe de dominio en Registro Automotor con trámite urgente, a los efectos de acreditar la propiedad del automotor del demandado para pedir embargo ejecutorio sobre el rodado. Una vez diligenciado y contestado, llevarlo al Tribunal con escrito: "Adjunta oficio", solicitando se agregue el mismo al expediente.

5 - Agregado ese oficio en el expediente y sin que el demandado haya cumplido con su obligación respecto de los provisorios, solicitar al Tribunal se libre oficio al Banco Provincia Sucursal Tribunales para que se sirva informar los últimos depósitos realizados en la cuenta de autos. Cuando sale el proveído presentar en el Tribunal el escrito "Acompaña oficio para control". Cuando lo controlan y no sale observado, retirar el oficio, llevarlo al Banco, lo contestan en tiempo, retirarlo del Banco, presentar en el Tribunal escrito: "Acompaña oficio diligenciado. Se agregue". Cuando ha sido agregado en el expediente dicho oficio del que surge de su contestación que no hay depósito alguno en la cuenta de autos, solicitar al Tribunal mediante escrito "Manifiesta. Solicita embargo. Habilitación de días y horas inhábiles": manifestar que "atento oficio contestado y agregado en autos a fs. xx, surge en estas actuaciones que el demandado no ha depositado los alimentos provisorios fijados a fs. xx, solicito en consecuencia se dicte embargo ejecutorio por la suma de $ xxxx sobre automóvil dominio xxxx, de propiedad del Sr. xxxxx, la que surge de oficio agregado a fs. xx. Se libre oficio a Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios a tales efectos."

Preguntas:
1-
La suma $ xxxx por la que se solicita el embargo ejecutorio, es la sumatoria de todas las cuotas impagas de provisorios, sin intereses, ¿es así, los provisorios no llevan intereses?.
2-
¿Falta algún paso o hay algún paso incorrecto?.
 #901698  por NORMA
 
abogadamdq escribió:Gracias por la respuesta.-
¡Què bueno tu aporte !!! *flor*
 #903404  por maed
 
Yo practico una liquidación (cuotas impagas + intereses - tasa activa-) y le dan traslado. A su vez pido astreintes y me las han concedido.
 #903726  por santiheladero
 
Pongo aca una duda con la liquidacion de colproba: donde dice fecha final: va el dia en que se practica la lliquidacion que sale por defecto o se pone el dia siguiente al que vence el cumplimiento ( 6, por ej si la cuota se tiene q depositar del 1 al 5)
 #904579  por abogadamdq
 
santiheladero escribió:Pongo aca una duda con la liquidacion de colproba: donde dice fecha final: va el dia en que se practica la lliquidacion que sale por defecto o se pone el dia siguiente al que vence el cumplimiento ( 6, por ej si la cuota se tiene q depositar del 1 al 5)
Hola, te paso un ejemplo de liquidación con incumplimiento de 3 meses con vencimientos del 1 al 5 de cada mes: si está mal que alguien corrija por favor, así aprendemos todos.

Se pone como fecha de cada cuota el último día de vencimiento de cada cuota. En este ejemplo no se aplica ningún índice de actualización monetaria. Tampoco se indexa. Se toma tasa bancaria en $ activa Banco Provincia. No se aplica tope anual. Se aplica tasa 1 vez.

FECHA CUOTA
DÍA/ MES /AÑO
/: 5/ 8/2012 - 5/9/2012 - 5/10/2012
IMPORTE EN $ USE EL PUNTO PARA INDICAR DECIMALES: $2000.00 - $2000.00- $2000.00
APLICAR ACTUALIZACIÓN MONETARIA: TILDE PARA APLICAR
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CER
CVS
MAYORISTA N.G
CONSUMIDOR N.G
INDEXAR HASTA:
DÍA/MES/AÑO:
SELECCIONE TIPO DE CÁLCULO:
PORCENTAJE DE INTERÉS ANUAL O TASA BANCARIA:
OPCIONES DE TASA BANCARIA:
PASIVA PROMEDIO BANCO CENTRAL
$ ACTIVA BANCO NACIÓN
$ PASIVA BANCO NACIÓN
$ ACTIVA BANCO PROVINCIA
$ PASIVA BANCO PROVINCIA
U$S ACTIVA BANCO NACIÓN
U$S ACTIVA BANCO PROVINCIA
U$S PASIVA 30 DÍAS BANCO NACIÓN
U$S PASIVA 30 DÍAS BANCO PROVINCIA
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