Hola colegas, un cliente se presenta con una Cesión de Acciones y Dchos. posesorios a su favor.
Es decir: (A) por escritura pública (año 1987) le cedió a (B-mi cliente) los dchos hereditarios sobre un inmueble que tenia y le correspondían en la sucesión de su cónyuge.
(A) ya falleció, no tenía hijos, tampoco familia que se hiciera cargo de ella, por lo cual en gratitud por los cuidados recibidos en su enfermedad le cede la propiedad a (B) que en ese momento era de estado civil casado. Hoy (B) es viudo.
Se me ocurre un juicio de usucapión. Alguien ha tenido un caso parecido, o mayor experiencia en el tema??
Entiendo que no se pueden ceder los derechos hereditarios sin haberse tramitado la sucesión del causante y declarados los herederos, quizás para salir del paso el escribano en su momento aconsejó la cesión..
Gracias por lo que puedan aportarme.
Es decir: (A) por escritura pública (año 1987) le cedió a (B-mi cliente) los dchos hereditarios sobre un inmueble que tenia y le correspondían en la sucesión de su cónyuge.
(A) ya falleció, no tenía hijos, tampoco familia que se hiciera cargo de ella, por lo cual en gratitud por los cuidados recibidos en su enfermedad le cede la propiedad a (B) que en ese momento era de estado civil casado. Hoy (B) es viudo.
Se me ocurre un juicio de usucapión. Alguien ha tenido un caso parecido, o mayor experiencia en el tema??
Entiendo que no se pueden ceder los derechos hereditarios sin haberse tramitado la sucesión del causante y declarados los herederos, quizás para salir del paso el escribano en su momento aconsejó la cesión..
Gracias por lo que puedan aportarme.
