Mi consulta a los colegas sería:
Sería válida, en un contrato de locación la estipulación de una cláusula por la cual el locador puede inciar acción de desalojo anticipado con la particularidad de que las costas recaerán sobre el locatario aunque se allane a la demanda y cumpla la devolución del bien locado sea con consignación judicial de llaves o no -como formando parte del precio de la locación, máxime que en el caso no carga con impuesto inmobiliario, tasa municipal, expensas, etc. sino solo con los gastos del contrato en sí, como ser impuesto de sellos, certificación de firmas, mes de anticipo y depósito -. Opinión?
Sería válida, en un contrato de locación la estipulación de una cláusula por la cual el locador puede inciar acción de desalojo anticipado con la particularidad de que las costas recaerán sobre el locatario aunque se allane a la demanda y cumpla la devolución del bien locado sea con consignación judicial de llaves o no -como formando parte del precio de la locación, máxime que en el caso no carga con impuesto inmobiliario, tasa municipal, expensas, etc. sino solo con los gastos del contrato en sí, como ser impuesto de sellos, certificación de firmas, mes de anticipo y depósito -. Opinión?
Cristian
