Hola colegas, tengo un cliente con una probation dictada en Pcia, y ahora lo han notificado de un reclamo por daños y perjuicios en capital.
Les consulto. Primero, el hecho ocurrio en Pcia, no deberìan citarlo en dicha jurisdiccion, Segundo, la reparacion q buscan en sede civil, en caso de efectivizarse, tendria q denunciarla en sede penal, ante lo cual quedarìa extinguida la acciòn penal?, y por ende, se conseguiria su sobreseimiento.
Les hago todas estas consultas porq nunca estuve con temas penales y realmente no se como incide en lo civil.
Aguardo sus comentarios, gracias por adelantado.
SLDS
Les consulto. Primero, el hecho ocurrio en Pcia, no deberìan citarlo en dicha jurisdiccion, Segundo, la reparacion q buscan en sede civil, en caso de efectivizarse, tendria q denunciarla en sede penal, ante lo cual quedarìa extinguida la acciòn penal?, y por ende, se conseguiria su sobreseimiento.
Les hago todas estas consultas porq nunca estuve con temas penales y realmente no se como incide en lo civil.
Aguardo sus comentarios, gracias por adelantado.
SLDS