Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • REAJUSTE Y EXPTE ADMINIST

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #907294  por alejandra01
 
Hola gente...tengo una duda para continuar un expte que tramita en el juzgado 6
Al primer proveído dan por presentada la demanda, y ordenan el traslado, agregando que al contestar el anses deberá
"acompañara la totalidad de las actuaciones administrativas relacionadas con la petición de autos obrantes en su poder, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 17 del decreto ley 1285/58".
hubo traslado masivo.
Ahora bien, contestan pero cuando consulto por web dice: CONTESTACION DEMANDA SIN PEDIDO DE ADMINISTRATIVO
O sea que debo entender que no remitieron los administrativos. Entonces que hago?.porque el juzgado fue quien los solicitó...debo pedir nueva intimación al anses?-
 #907420  por alejandra01
 
uh..que macana..!...independientemente de ello entonces contesto el traslado de la demanda, y presento otro escrito pidiendo nueva intimación...gracias Ale.
Alejandra Radua escribió:Si ale. Pedí nuevamente intimación.
El juzgado 6 no continúa con el proceso si no hay administrativo.
 #909522  por crisyta
 
si tenes la copia fiel de la resolucion o del expte certificado x anses presentala y solicita se le de traslado x el termino de 5 dias bajo apercibimiento de acompañar las actuaciones y en el caso que no lo haga te lo den x aprobada! yo ya lo hice varias veces y me funciono!
 #909648  por alejandra01
 
gracias crisyta...hoy estuve en el 6, y pregunté si presentaba una solicitud de nueva intimación al anses para que acompañe los administrativos. Me dijeron que como en la misma contestación de traslado pedí cuestión de puro derecho ellos mismos reiteraban la solicitud...
Espero lo hagan..
sino, haré lo que vos hiciste...
crisyta escribió:si tenes la copia fiel de la resolucion o del expte certificado x anses presentala y solicita se le de traslado x el termino de 5 dias bajo apercibimiento de acompañar las actuaciones y en el caso que no lo haga te lo den x aprobada! yo ya lo hice varias veces y me funciono!