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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #907898  por mbe
 
Les cuento que en un reajuste que tengo de un cliente de 91 años de edad que tramite en el juzgado Nº 10, presente una cautelar para que le actualicen el haber jubilatorio conforme fallo Badaro hasta que salga la sentencia definitiva. Como el peligro en la demora lo consideraron acreditado por la edad del señor, salio favorable y me ordenaron mandar oficio a ANSES en la persona del Director Ejecutivo a fin de que en la proxima liquidacion del haber mensual del señor se actualice su haber conforme los lineamientos del fallo Badaro.
Yo lleve el oficio el 3 de octubre, y no tuve novedades ni en el expediente judicial, ni se abrio un expediente administrativo de sentencia judicial como ocurre con las sentencias firmes de reajuste de haberes. Y el expediente jubilatorio me sigue figurando en la UDAI La plata, que fue donde se jubilo.
Que me aconsejan hacer????como sigo??
 #908063  por mbe
 
Les parece que inicie ejecución de sentencia??
 #908369  por pupina02
 
deberias esperar la liquidacion siguiente y si no se actualizo el haber pedir que se intime bajo apercibimiento de ejecucion, es lo que yo haria espera igualmente alguna otra opinion.
Que raro que no apelaron.
 #908385  por mbe
 
a que te referis con la liquidacion siguiente? que espera ver en el mes de noviembre si no cobra mas de lo que venia cobrando?? y ahi intimar bajo apercibimiento de ejecucion?? y presento el RUB donde consta que sigue cobrando lo mismo?
 #908462  por arielarmando
 
Pregunta: Medida Cautelar que fue denegada por Juzgado Federal en primera instancia, se apela y la Sala III de la CFSS la rechaza. Al tratarse de una sentencia interlocutoria: que recurso judicial es procedente.
1- Recurso Extraordinario
2- Recurso de queja.