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  • Autonotificacion por cedula

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 #908152  por nicobarda
 
Hola Colegas, no se si sera medio ignorante de mi parte.......pero se puede hacer una cedula de notificacion a uno mismo????
El tema es que es una sucesion donde patrocino a 7 herederos, los cuales no tienen mucha relacion y me costo muchisimo hacerles firmar la demanda......y ahora tienen que notificarse de la acumulacion que se ordeno, lo que hubiera sido genial que se notifique por secretaria.......Yo se que es medio de vago lo que digo pero.....es posible???

Saludos
 #908180  por ale532
 
No necesitás hacerte una cédula a vos mismo; cuando es así, presentás escrito en el expte. notificándote personalmente.

Pero en este caso, son los herederos a los que patrocinás (no vos) quienes deben ser notificados de la acumulación.

*suerte*
 #908194  por Sailaw
 
Si es en patrocinio la cedula va para la parte, en este caso no veo como te podes dar por notificada por nota en el expediente, porque no retiras nada.
 #908209  por ale532
 
Sailaw escribió:Si es en patrocinio la cedula va para la parte, en este caso no veo como te podes dar por notificada por nota en el expediente, porque no retiras nada.

Sailaw, en el 1º párrafo puse un caso "genérico" en el cual se ordene una notificación al abogado. Y me refería a presentar un escrito en el expte. manifestando algo así como "vengo por el presente a notificarme personalmente del proveido de fecha .....". No sé si se entiende lo que escribí... :roll:

El 2º párrafo sí se refiere al caso que planteó nicobarda.


Saludos!!
 #908944  por nicobarda
 
Sailaw escribió:Si es en patrocinio la cedula va para la parte, en este caso no veo como te podes dar por notificada por nota en el expediente, porque no retiras nada.
Gracias, pero nunca dije por nota, mi consulta particularmente era sobre enviarme una cedula a mi constituido para que queden notificados de la acumulacion los herederos, y evitar tener que hacer que firmen los 6 herederos que estan todos dispersos y no hay buena relacion entre ellos, cuestion de tiempo simplemente.
 #909943  por ale532
 
Perdón la insistencia, pero sigo sosteniendo que no podés enviarte una cédula a tu constituído.

Creo que se van a tener que ir notificando todos los herederos... o en su caso podrías enviarles cédula a sus domicilios reales, pero por lo que decís tampoco conviene económicamente...
 #909946  por nicobarda
 
Esta muy bien, no es insistencia, por eso decia que tal vez era una consulta media rebuscada y hasta un poco ignorante, pero bueno...vere como sigo...
Mil gracias!!