Buenas Tardes tengo una duda bastante boba.. en el caso de que quieran ejecutar una deuda por fotomulta de transito en entre rios, la demanda ejecutiva deberia tramitar en el domicilio del ejecutado no? la fotomulta en su momento no se presento descargo(llego mediante carta simple), llego resolucion condenando al cliente y tampoco hizo nada, ahora llaman del estudio ofreciendo planes de pagos, yo quiero saber si cuando inicien el ejecutivo se tramitaria en el domicilio del demandado o en entre rios??
