DOCTORAA escribió:Yo tengo un caso parecido. Convivian hace 40 años y él estaba casado anteriormente con otra mujer. Esta mujer pidió también la pensión y parece q se la van a otorgar también a ella, y es una mujer q ya esta cobrando la pensión de otro marido fallecio.. puede ser eso???
Como hacer para que le den la pensión solo a mi clienta que acreditó todo?
Gracias
Tu clienta, durante el avance de la inclusion que pretende la conyugue, no va a perder derechos de forma inmediata, va a ser citada a oponerse, sera citada al domicilio del ADP por 10 dias habiles donde podra exponer razones, nada debe probar de su relacion con el fallecido, eso ya lo hizo antes.-
Si cambio de domicilio y no lo declaro ante Anses no recibira esa citacion, la noticia se la dara el banco cuando cobre su haber disminuido, alli concurrira al Anses y podra tomar vista, y luego podra oponerse o guardar silencio.-
Tambien al tomar vista puede encontrarse con prueba anticipada por la conyugue, evaluara si aun asi quiere persistir en el reclamo, vencido el plazo y sin objeciones contundentes, dictamina Anses la coparticipacion 50 %.
Pero alli no termina la historia, debera reintegrar lo cobrado
en demasia desde el fallecimiento del causante o si esta fecha fuera distante, con la prescripcion anual de L. 18037 Art. 82, y sera retenido de su haber disminuido un 20 % para abonarle a la conyugue hasta saldar.
Ver dictamen GAJ 48082 del 29-03-2011 que le da pie a la Prev 11 - 08 del 23-08-2011 complementaria de otra Prev de igual numero pero anterior.-