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  • SUCESION - HEREDERO DEUDOR

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 #909637  por rominagiselle
 
Buenas noches tengo que hacer una consulta hacerca de la posibilidad de presentarme en una sucesion que tiene un cliente que represente como demandado en una demanda por alimentos y no me pago... actualmente todos los bienes estan a nombre de otra persona por eso no tengo otra via donde intimarlo, la pregunta es: puedo intervenir en este proceso? como? mil gracias! :twisted:
 #909681  por abogadamdq
 
Hola, a ver si entiendo, vos fuiste Abogado de una persona demandada en un juicio de alimentos que no te pagó tus honorarios en ese juicio. Luego esta persona tiene todos sus bienes a nombre de un tercero para evitar acción de los acreedores. Pero resulta ser un posible heredero en una sucesión.
Si es un tema de ejecución de honorarios, iniciás ejecución solicitando el embargo de los derechos hereditarios de tu deudor.
 #910371  por rominagiselle
 
bien gracias, esa es la idea porque la verdad no queria llegar a esto obviamente pero no me deja alternativa. como soy nueva, te pregunto otra cosa...la ejecucion la inicio en el mismo expediente donde me regularon honorario, no? o sea, en el de alimentos y ahi mismo hago la referencia de la sucesion abierta donde el es heredero? mil gracias y disculpas por estas preguntas...hay cosas que mejor aprenderlas bien de entrada!
 #910375  por Sailaw
 
Pedí un certificado de deuda en el Juzgado Origen que te va a servir para acreditar personería en esa sucesión y en la que podes activarla para caer luego sobre los bienes
 #910429  por gusgus
 
en mi humilde entender deberias:
1) iniciar la ejecucion de honorarios,y peticionando en el mismo escrito de inicio el embargo de las acciones y derechos hereditarios del ejecutado
2) con la orden de embargo, hacer el oficio e ingresarlo en el juzgado donde tramita el sucesorio para su toma de razon
3) una vez hecho esto, presentarte en caracter de acreedor en el expediente sucesorio conforme se desprende del embargo ordenado y pedir se intime al heredero embargado a proseguir el sucesorio a efectos de anotar los bienes a su nombre, bajo apercibimiento de facultarte a vos a hacerlo a su exclusivo costo
4) si no lo hac se, peticionar se haga efectivo el apercibimiento, y se te faculte a continuar el tramite
5) si es asi, seguis el sucesorio vos

PD: alli tendras: embargo por los honorarios adeudados, honorarios por la ejecucion y honorarios por tus tareas en el sucesorio
 #910479  por Sailaw
 
El certificado de deuda, solo se puede extender en deuda liquida y exigible e impaga, ergo su extención iria solo en caso de mora del obligado al pago en el expediente donde surge dicha deuda, para lo cual debería haber iniciado el correspondiente incidente de cobro, son distintas formas de decir la misma cosa
 #915307  por rominagiselle
 
mil gracias por las respuestas. Si, voy a iniciar el cobro en el expediente de alimentos, que es lo que me debe, en la sucesion yo no soy la abogada que lo tramita, pero se que la tiene abierta, asique comienzo en el que yo lo patrocine obviamente y luego, si persiste en el incumplimiento me presentare en la sucesion. Gracias!!