Estimados colegas:
Tengo la siguiente situación: en un expediente de divorcio se homologa la división de bienes de la sociedad conyugal y se libran 2 testimonio oportunamente (en 1998) para la inscripción en Mar del Plata. La inscripción nunca se efectúo ante el Registro de la Propiedad de Mar del Plata. Mi idea es utilizar esos mismos testimonios (de 1998) para la incripción.
Dudas:
1.- Me sirve o tendré que pedir uno nuevo con las nuevas disposiciones?
2.- No estoy autorizado para correr con el diligenciamiento ni para firmar las minutas (no encuentro al abogado).
3.- Atento el tiempo transcurrido, el juzgado ordenára la actualización de los certificados (dominio, inhibiciones, etc)?
Agradeceré puedan guiarme.
Tengo la siguiente situación: en un expediente de divorcio se homologa la división de bienes de la sociedad conyugal y se libran 2 testimonio oportunamente (en 1998) para la inscripción en Mar del Plata. La inscripción nunca se efectúo ante el Registro de la Propiedad de Mar del Plata. Mi idea es utilizar esos mismos testimonios (de 1998) para la incripción.
Dudas:
1.- Me sirve o tendré que pedir uno nuevo con las nuevas disposiciones?
2.- No estoy autorizado para correr con el diligenciamiento ni para firmar las minutas (no encuentro al abogado).
3.- Atento el tiempo transcurrido, el juzgado ordenára la actualización de los certificados (dominio, inhibiciones, etc)?
Agradeceré puedan guiarme.