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  • escrituración vs pago

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 #909805  por fugitiva
 
En un boleto de compraventa sucedio dos cosas:

1.- se dio 1 año para escriturar... el vendedor vendio estadno inhibido... no se lo dijo al comprador....

2.- el comprador tiene tres años para pagar: le quedan dos menes de ese plazo.-

3.- Se indicó que el pago se haría de las ganacias que se obtendrian de una sociedad, la que durante lo que va de esos tres años, ha tenido ganancias infimas....


A ver si piensan comnigo:

el comprador esta interesado en mantener vigente el boleto; el vendedor no.-

a mi modo de ver, el comprador no puede exigir al vendedor la escritura, porque el mismo no ha cumplido con su parte - ya voy suponiendo que no va a poder cumplir...


LO unico que puede ser superlativo, es la IMPOSIBILIDAD de escrituración por la inhibición, pero esto me parece que habilita a daños y perjuicios, mas q a la validez del contrato....

que opinan??
 #909856  por Sailaw
 
No es muy claro lo que nos contas, pero llegado el tiempo de escriturar intimá a ello, porque eventualmente siempre podes conseguir dinero con hipoteca, de esa manera el que queda en mora es el vendedor.
 #909903  por fugitiva
 
conseguir dinero con hipoteca...... te hipotecan si solo uno tiene BoLETO???? sin firmas certificadas???
 #909974  por Sailaw
 
Si es que el vendedor ofrece escriturar,.... claro!,
 #909975  por Sailaw
 
Estamos hablando de intimar al vendedor, yo te dije que si es necesario, porque en el caso que este se allane a la pretención (diga que la escrituración está a disposición) se puede conseguir el saldo faltante por hipoteca, no fui claro?