buenas, me surgio un problema y nose como seguir, una sucesion inicada por tres herederas, las cuales en el escrito de inicio dicen que hay un inmueble mas un taller, luego salio DH, las mismas cedieron a mi cliente por esc. publica el inmueble. (Pero les cuento que ese taller estaba dentro del inmueble, por lo que en realidad se transmitio el unico bien del sucesorio). Luego nosotros presentamos la cesion, etc. Ahora sale sentencia la cual dice que la escritura no debe ser considerada como cesion sino como un negocio juridico distinto...en donde el denominado cesionario, es un ACREEDOR de la sucsion y se tendra presente este contrato para su oportunidad.....
que significa esto???
Tiene algo que ver que lo declaren acreedor a mi cliente, por el hecho de interpretarse que le transfirieron un bien determinado (inmueble solamente y no taller), cuando esta parte sabe que el taller estaba dentro del inmueble y ya no existe? o esta bien lo que dice la sentencia.
Ahora deberia pedir la particion mi cliente?
Espero me puedan ayudar. Gracias
que significa esto???
Tiene algo que ver que lo declaren acreedor a mi cliente, por el hecho de interpretarse que le transfirieron un bien determinado (inmueble solamente y no taller), cuando esta parte sabe que el taller estaba dentro del inmueble y ya no existe? o esta bien lo que dice la sentencia.
Ahora deberia pedir la particion mi cliente?
Espero me puedan ayudar. Gracias