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 #910721  por ladocgu
 
Estimados, ante todo y como dije en el título del post, busqué primero en el código, después en libros y ahora en el foro y nada... o no soy buena buscando o la cosa se aprende con la práctica. A ver si me orientan:

Me llaman para una sucesión (ya iniciada) en Pcia de Bs As. Esta dictada la declaratoria de herederos.
Patrocino a una menor de edad ( a su madre en representación), incluida en la declaratoria por ser hija del causante.
Los bienes denunciados son 1- un inmueble donde viven los otros dos herederos (mayores de edad) 2- un 33% de un inmueble de otra sucesión.
Por un lado se que los dos que viven en el inmueble no quieren irse de allí por lo cual no habría acuerdo jamás ya que no reconocen a la menor como hermana por asuntos de familia que no vienen al caso ya que la ley si la reconoce. Pero aún si estuvieran de acuerdo no me interesaría porque según dice el código la partición debe ser judicial por intervenir un menor. Hasta aquí la tengo clara.
Ahora bien, la letrada de los hermanos poseedores (llamémoslos así ) solicitó testimonio de inscripción pero no se si la llevó a cabo porque del Exp. no surge. Mis dudas son las siguientes:
A- Como se si se inscribió para poder seguir adelante?
B- Como pido una partición judicial? es un escrito sencillo como cualquier otro o requiere alguna formalidad? (las veces que actué presenté acuerdos)Necesito demostrar la inscripción para solicitarla?
C- Necesito acompañar documentación? (Al comienzo, hablamos de dos años, fue presentado el informe de dominio y demás) tengo que actualizar eso o no es necesario?
D- Mientras tanto voy a pedir un canon locativo porque esta gente lo va a hacer largo.¿ Lo ven viable a esta altura?
E- hay algún recaudo que crean deba tener en cuenta?

Desde ya muchas gracias gente.
 #910743  por andresxeneizes
 
A- En el expte tendria que estar el testimonio librado y la nota de retiro del mismo si lo inscribio, sino para mas seguridad pedi un informe de dominio y de ahi te surgira si los incribio
B. Escrito sencillo solicitando partidor judicial
C. Si la inscripcion ya esta ordenada en el expte y los testimonios no se hicieron o no se retiraron no necesitas acompañar de nuevo los informes de dominio e inhibicion, solo tenes que acompañar el nuevo testimonio. En caso que la inscripcion no este ordenada si tendras que hacer de nuevo los informes
D. Si lo veo viable, siempre y cuando al que no se le solicite sea la conyugue superstite que tiene derecho de habitacion. Mas alla de que el canon se va a cobrar desde la fecha que intimes al pago del mismo y no retroactivamente, si lo veo viable ya que corresponde y asimismo con la generacion de esa deuda quizas te sea mas facil arreglar
E. Entiendo que el canon lo podes pedir por el porcentaje que tienen tus clientes, ejemplo si el alquiler en la casa vale 1000 y los hermanos tienen 2/3, vos podes pedir 333 de alquiler (el 1/3 de tus clientes), ya que el resto es de ese canon seria para ellos mismos
 #910751  por Sailaw
 
Pedi un informe de dominio. Respecto de lo demás una vez incripto vas con una división de condominio, además podes pedir el canon locativo correspondiente a los que estan usando la casa