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  • accidente de tránsito lesiones

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 #910767  por mpino
 
Colegas. Tengo un cliente al que chocaron de atrás y sufrió lesiones junto a su madre que también viajabaa en el auto. Cuando fue a realizar la denuncia policial la policía les indicó que la misma iba a salir a nombre de la madre y que mi cliente iba como imputado junto al conductor del otro automóvil. Es correcto quien denuncia lesiones por manejar el auto tambien se considere imputado y no víctima? Ahora le llegó nuevamente una notificaciones de la policía citandola, cosa rara xq ya interviene un juzgado y además si no se instó la acción penal xq igual paso a un juzg?
 #910821  por andresxeneizes
 
sino pueden determinar la culpa de un conductor a primera vista la practica es en principio imputarle a los dos conductores el delito de lesiones, sin perjuicio que despues cuando se hagan las pericias se sobresea a uno de ellos.
en relacion a por que hay causa penal, esto es porque la misma se inicia de oficio, la comisaria pasa la denuncia al juzgado de turno y este sigue con las actuaciones
 #910827  por mpino
 
Pero en este caso su mama quedó como denunciante y si hubiera viajado sola iban a iniciar una acción penal con dos imputados y sin víctima?
 #910828  por andresxeneizes
 
si, exactamente si chocan dos y se lesionan los dos se imputa a ambos por lesionar al otro, ya que son dos delitos distintos, mas alla que tramiten en un mismo expte
 #910830  por mpino
 
Perfecto. En este caso eentonces tengo q asumir la defensa de mi cliente en la causa penal también? Para reclarmar lesiones en un accidente d tránsito es obligatoria la denuncia? O podría haberle obviado?
 #910833  por andresxeneizes
 
si tu cliente no tuvo la culpa del accidente ni lo van a citar a que se presente, lo van a sobreseer de una, igual vas a necesitar presentarte para pedir copias del expte penal para iniciar la causa civil.
para iniciar la causa civil no es necesaria la denuncia, de hecho si en el accidente no hay lesiones las comisarias (por lo menos en capital) no te toman la denuncia, pero si la misma se hace y se forma la causa penal tenes acreditado la ocurrencia del hecho, elemental para reclamar en el fuero civil