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  • Accidente tránsito en Pcia de Bs As.

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 #908811  por ladocgu
 
Hola Gente, ahora que ya es obligatoria la mediación en la pcia, me surge un interrogante: atropellan a un peatón en Canuelas, pensé en traerlo a Capital porque aquí se como es el manejo pero la cia no tiene ni una sola sede en CABA, de hecho la central es de La Plata. Saben como pido una mediación allí? Pertenece al Dpto Judicial de La Plata, tendré que mediar allá o en Canuelas se podrá? Suponiendo que es en La Plata; Debo presentar planilla en la receptoria o es como en CABA que pido mediación, cito y chau, digo sin que intervenga el juzgado hasta la demanda?

Si me pueden ayudar se los agradecería mucho.(Que cierto es eso de que un abogado nunca deja de leer y capacitarse eh! *leo* ADORO ESTE FORO NO SE COMO LO HARÍA SINO )
 #908844  por abogado_1987
 
ladocgu escribió:Hola Gente, ahora que ya es obligatoria la mediación en la pcia, me surge un interrogante: atropellan a un peatón en Canuelas, pensé en traerlo a Capital porque aquí se como es el manejo pero la cia no tiene ni una sola sede en CABA, de hecho la central es de La Plata. Saben como pido una mediación allí? Pertenece al Dpto Judicial de La Plata, tendré que mediar allá o en Canuelas se podrá? Suponiendo que es en La Plata; Debo presentar planilla en la receptoria o es como en CABA que pido mediación, cito y chau, digo sin que intervenga el juzgado hasta la demanda?

Si me pueden ayudar se los agradecería mucho.(Que cierto es eso de que un abogado nunca deja de leer y capacitarse eh! *leo* ADORO ESTE FORO NO SE COMO LO HARÍA SINO )
¿ domicilio del titular registral del automotor ?
 #910717  por ladocgu
 
Provincia abogado 1987 . Canuelas. Les cuento, fui hasta allí, es solo una sucursal con un promotor que no sabe ni de lo que le hablo. La sede central está en La Plata, me parece que no me va a quedar otra. Por lo pronto conseguí un mail, veré antes de pedir mediación si se puede hablar con esta gente ya que mi cliente no le resulta fácil trasladarse hasta allá por su trabajo(que de última tendrá que hacerlo) pero entre audiencias y consultorio médico menos de tres veces no van a ser.
 #910900  por abogado_1987
 
abogado_1987 escribió:
ladocgu escribió:Hola Gente, ahora que ya es obligatoria la mediación en la pcia, me surge un interrogante: atropellan a un peatón en Canuelas, pensé en traerlo a Capital porque aquí se como es el manejo pero la cia no tiene ni una sola sede en CABA, de hecho la central es de La Plata. Saben como pido una mediación allí? Pertenece al Dpto Judicial de La Plata, tendré que mediar allá o en Canuelas se podrá? Suponiendo que es en La Plata; Debo presentar planilla en la receptoria o es como en CABA que pido mediación, cito y chau, digo sin que intervenga el juzgado hasta la demanda?

Si me pueden ayudar se los agradecería mucho.(Que cierto es eso de que un abogado nunca deja de leer y capacitarse eh! *leo* ADORO ESTE FORO NO SE COMO LO HARÍA SINO )
lugar del hecho: Cañuelas
domicilio titular registral / conductor: Cañuelas

CAÑUELAS
http://www.scba.gov.ar/guia/LaPlata.asp
 #910908  por ladocgu
 
Si, eso lo sé. Pero en Cañuelas no creo que haya mediación, es una Ciudad chica, es mas, el link que posteaste dice que lo único que tiene es juzgado de paz. Y por eso tbn iba mi pregunta de como era el sorteo. Como depende de La Plata entiendo que me tengo que ir allá. Ahora: ya que tiene una pequeña sucursal en Lomas de Zamora, podré porrogar por tener un domicilio del demandado ahí aunque no sea la central? Pregunto y me contesto, creo que no pero espero tu opinión.
 #910909  por abogado_1987
 
ladocgu escribió:Si, eso lo sé. Pero en Cañuelas no creo que haya mediación, es una Ciudad chica, es mas, el link que posteaste dice que lo único que tiene es juzgado de paz. Y por eso tbn iba mi pregunta de como era el sorteo. Como depende de La Plata entiendo que me tengo que ir allá. Ahora: ya que tiene una pequeña sucursal en Lomas de Zamora, podré porrogar por tener un domicilio del demandado ahí aunque no sea la central? Pregunto y me contesto, creo que no pero espero tu opinión.
el juzgado de paz interpreto que no es competente
art. 58 a 61
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... -5827.html

tené presente
El domicilio de una sucursal de la aseguradora citada en garantía, no fija, en principio pautas para determinar la competencia territorial en un caso concreto. Y ello así, puesto que si bien la ley de seguros no establece diferencia alguna entre el domicilio de la casa matriz y la agencia o sucursal, la opción dada al actor debe estar referida a la ejecución de obligaciones contraídas por agentes locales, en el ámbito de su jurisdicción, debiendo la actora invocar o acreditar que el contrato de seguro, fue celebrado en la jurisdicción donde se promueve el juicio, pues de lo contrario, es en el domicilio de la casa matriz donde reside la administración y dirección societaria que deben dirigirse las demandas y el que determina la competencia judicial.
CC0003 LZ 65 RSI-18-9 I 22-12-2008
CARATULA: Buss, Pablo c/ Reitano, Cintia s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Villanueva-Altieri
http://www.scba.gov.ar/jubanuevo/integral.is
 #911089  por ladocgu
 
Claro como el agua. Gracias Doc.- *abrazo*