lauchina escribió:Periquita: muchas gracias por tu ayuda!..
lauchina escribió:Periquita: muchas gracias por tu ayuda!..
Jazminn escribió:Mi compañera, tiene mas de 25 años de aportes en la docencia (27 años exactamente de trabajo continuo en grados), y 47 años de edad. Hay alguna forma para que ella pueda jubilarse antes de cumplir los cincuenta años de edad?Hola Jazmim
noragauna escribió:Hola! Hace bastante que no me conectaba el foro, simplemente porque no tuve más casos de jubilaciones. Ahora tengo uno y es de docentes. El tema viene así: docente femenina con 61 años y 40 años de antigüedad en la nación y 40 años y un día en la provincia. El empleador del colegio nacional la intimó el 21 de noviembre de 2011 invocando el art 252 LCT a iniciar los trámites jubilatorios. La docente presentó en la provincia (Chaco) el formulario de solicitud de certificación de servicios en qué fecha lo presentó? pero el ministerio aún no termina el trámite por lo que no inició el reconocimiento de servicios. Mis serias dudas son:¿Se va a jubilar por ANSES?
El 21 de noviembre se vence el plazo que le dio el empleador pero en ANSES me piden el reco de la provincia para iniciar el trámite, qué debemos hacer? El empleador dice en su carta documento que vencido el plazo quedará extinguida la relación laboral.
Si la intiman invocando la LCT, ¿ No tiene derecho a seguir trabajando hasta los 65? Es discutible porque los docentes en ANSES se jubilan con 57 y 60.
Gracias por su tiempo y espero ansiosa alguna respuesta que me pueda orientar.
periquita escribió:noragauna escribió:Hola! Hace bastante que no me conectaba el foro, simplemente porque no tuve más casos de jubilaciones. Ahora tengo uno y es de docentes. El tema viene así: docente femenina con 61 años y 40 años de antigüedad en la nación y 40 años y un día en la provincia. El empleador del colegio nacional la intimó el 21 de noviembre de 2011 invocando el art 252 LCT a iniciar los trámites jubilatorios. La docente presentó en la provincia (Chaco) el formulario de solicitud de certificación de servicios en qué fecha lo presentó? [07/2011, antes de que la intimen/color]pero el ministerio aún no termina el trámite por lo que no inició el reconocimiento de servicios. Mis serias dudas son:
El 21 de noviembre se vence el plazo que le dio el empleador pero en ANSES me piden el reco de la provincia para iniciar el trámite, qué debemos hacer? El empleador dice en su carta documento que vencido el plazo quedará extinguida la relación laboral.
Si la intiman invocando la LCT, ¿ No tiene derecho a seguir trabajando hasta los 65? Es discutible porque los docentes en ANSES se jubilan con 57 y 60./b]
Gracias por su tiempo y espero ansiosa alguna respuesta que me pueda orientar.
¿Se va a jubilar por ANSES?
¿No tiene un día más en la caja provincial? Son los datos que aporta la docente, no tengo certificación de la provincia y para colmo, el personal está de paro por tiempo indeterminado.
¿Puede el empleador dejarla sin trabajo?
¿Esas cuentas son confiables?[Lo más confiable es la certificación, que està ausente y sin aviso.color]
noragauna escribió:Entiendo eso Periquita, pero ¿ cómo le hago entender al empleador? el 21 de noviembre se vence el vence el plazo para que por lo menos inicie el trámite y resulta que ANSES no lo va a iniciar porque no tiene el expediente de la provincia y la provincia tampoco porque no tiene la certificación del ministerio de educación, y el ministerio de educación está de paro. Está de paro ahora, no hace un año. El problema está en el Ministerio.... Cubrite con una carta documento al mismo haciendo el reclamo pertinente al ministerio, que justifique la tardanza...
Mañana voy a contestar la carta documento, después te comento cómo sigue esto.
AUKA escribió:Hola Periquita, te consulto: un jubilado por ANSES con jubilación ordinario, tiene aportes docentes en el IPS que no declaró en su solicitud inicial. Reúne los requisitos para pedir el suplemento docente. Hace un reco en IPS y pide el suplemento o debió haberlo declarado antes? Es discutible el tema, hay distintas interpretaciones.
Es una pregunta tonta, pero la persona quiere saber si renuncia si puede aumentar el haber, sino sigue trabajando. Habría que hacer bien las cuentas. Sólo podría mejorar pero hasta la fecha en que se jubiló, no lo que siguió trabajando después.
Saludos
Y desde ya muchas gracias!
drfan escribió:hola a todos, me gustaria saber como hago para solicitar el Suplemento del DECRETO 137/05 para una pensión docente, el q me pueda dar una mano, agradezco.Pocos datos para contestar.... el causante estaba jubilado o falleció en actividad?