Cuando el criterio de un juzgado es no aplicar la caducidad de 90 días en materia de reajuste de haberes porque según sus fallos se va renovando periódicamente la conducta lesiva del organismo, habilitando la procedencia de la acción mas allá de los 90 días de la norma, que piensan con respecto ha si existiría un limite temporal lógico en la presentación o se podría habilitar la acción 5 años después de la denegatoria?
