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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #910755  por diegro
 
estimados me llego el viernes un caso de jubilación al estudio y la idea al no saber mucho sobre el fuero es compartirlo con un colega, sobre todo lo que tiene que ver con la sicam. Pero tengo una series de pregunta para hacerle Páramo Pérez al cliente y saber bien que responder. Le comento. La señora aporto durante 17 años, sumado a la moratoria quedarían 27 años de aporte. Los tres restantes como se haría? Tengo entendido que por cada año se computan dos verdad? En ese casó como es el procedimiento? La señora tiene 64 años o sea que esta pasada en la edad de jubilación. Desde ya muchas gracias por la ayuda
 #910758  por anibal martin
 
Hola Diego. Estàs bastante cerca de la soluciòn pero los "Masters" dado el "abc" de lo que planteas, te van a mandar a estudiar. Slds.amf.
 #910877  por hugo2
 
diegro escribió:estimados me llego el viernes un caso de jubilación al estudio y la idea al no saber mucho sobre el fuero es compartirlo con un colega, sobre todo lo que tiene que ver con la sicam. Pero tengo una series de pregunta para hacerle Páramo Pérez al cliente y saber bien que responder. Le comento. La señora aporto durante 17 años, sumado a la moratoria quedarían 27 años de aporte. Los tres restantes como se haría? Tengo entendido que por cada año se computan dos verdad? En ese casó como es el procedimiento? La señora tiene 64 años o sea que esta pasada en la edad de jubilación. Desde ya muchas gracias por la ayuda
Por cada 2 se computa 1. ( leer ley 24241 )
 #910906  por diegro
 
hugo2 escribió:
diegro escribió:estimados me llego el viernes un caso de jubilación al estudio y la idea al no saber mucho sobre el fuero es compartirlo con un colega, sobre todo lo que tiene que ver con la sicam. Pero tengo una series de pregunta para hacerle Páramo Pérez al cliente y saber bien que responder. Le comento. La señora aporto durante 17 años, sumado a la moratoria quedarían 27 años de aporte. Los tres restantes como se haría? Tengo entendido que por cada año se computan dos verdad? En ese casó como es el procedimiento? La señora tiene 64 años o sea que esta pasada en la edad de jubilación. Desde ya muchas gracias por la ayuda
Por cada 2 se computa 1. ( leer ley 24241 )
En este caso le faltaría uno verdad? Eso habría que pagarlo o esperar un año más para gestionarla ?
 #911459  por alcirana
 
Para considerar el exceso de edad deberías esperar hasta septiembre de 2014 y de esta manera también aprovecharías los 4 años de Art. 3 que te bajaría la deuda.
De lo contrario deberías comprar 11 meses de SDM, desde 12/2011 a 10/2012, pero perdiendo el artículo 3 y arriesgándote a toooodo lo que SDM implica.
Suerte!
 #911465  por ecar
 
SI LE FALTA 1 AÑO. QUE SE INSCRIBA EN MONOTRIBUTO Y PAGUE MES A MES 8 MESES DE MONOTRIBUTO, QUE ES SEGURO. MAS 4 MESES DE EXCESO DE EDAD . LLEGAS AL AÑO FALTANTE.
SALUDOS.
 #911937  por diegro
 
Gracias a todos por las respuestas. Mi cliente hoy me trajo toda la papeleria y resulta que tiene recibos de sueldo donde presto servicios como vendedora por una año en la empresa Rac. Sucede que en la sabana no aparecen dichos aportes y la empresa desapareció. Me acerco a cualquier udai para hacer el reclamo pertinente verdad? porque la normativa establece que si uno presto servicios en blanco y ellos no aparecen el sabana de aportes, un elemento de prueba es mediante los recibos de sueldo
 #911953  por MARIO1943
 
diegro escribió:Gracias a todos por las respuestas. Mi cliente hoy me trajo toda la papeleria y resulta que tiene recibos de sueldo donde presto servicios como vendedora por una año en la empresa Rac. Sucede que en la sabana no aparecen dichos aportes y la empresa desapareció. Me acerco a cualquier udai para hacer el reclamo pertinente verdad? porque la normativa establece que si uno presto servicios en blanco y ellos no aparecen el sabana de aportes, un elemento de prueba es mediante los recibos de sueldo
SI ESOS PERIODOS SON ANTES DEL 09/1993, ESTAS EN LA MISMA SITUACION, TE SIGUEN FALTANDO LOS 11 MESES, LO UNICO ES QUE TE ACHICA LA MORATORIA
SI ES DESPUES DE ESA FECHA, TENES QUE MANDAR UN TELEGRA LEY,,,,,(NO ME ACUERDO ES GRATUITO), INTIMANDO AL EMPLEADOR A EXTENDER LA CERT. DE SERVICIO, COMO LA EMPRESA NO EXSITE , TE VA A VENIR DEVUELTO, ESO DEMUSTRA QUE LA EMPRESA NO EXISTE, INICIAS EL TRAMITE, CON EL TELEGRAMA Y LOS RECIBOS DE SUELDOS Y SI TENES CARNET O. SOCIAL O SINDICAL MEJOR
 #911960  por diegro
 
MARIO1943 escribió:
diegro escribió:Gracias a todos por las respuestas. Mi cliente hoy me trajo toda la papeleria y resulta que tiene recibos de sueldo donde presto servicios como vendedora por una año en la empresa Rac. Sucede que en la sabana no aparecen dichos aportes y la empresa desapareció. Me acerco a cualquier udai para hacer el reclamo pertinente verdad? porque la normativa establece que si uno presto servicios en blanco y ellos no aparecen el sabana de aportes, un elemento de prueba es mediante los recibos de sueldo
SI ESOS PERIODOS SON ANTES DEL 09/1993, ESTAS EN LA MISMA SITUACION, TE SIGUEN FALTANDO LOS 11 MESES, LO UNICO ES QUE TE ACHICA LA MORATORIA
SI ES DESPUES DE ESA FECHA, TENES QUE MANDAR UN TELEGRA LEY,,,,,(NO ME ACUERDO ES GRATUITO), INTIMANDO AL EMPLEADOR A EXTENDER LA CERT. DE SERVICIO, COMO LA EMPRESA NO EXSITE , TE VA A VENIR DEVUELTO, ESO DEMUSTRA QUE LA EMPRESA NO EXISTE, INICIAS EL TRAMITE, CON EL TELEGRAMA Y LOS RECIBOS DE SUELDOS Y SI TENES CARNET O. SOCIAL O SINDICAL MEJOR
Son antes, ese es el problema. Son del periodo 89/90. Sigo en la misma situación entonces. El problema es que ella necesita jubilarse cuanto antes y le sigue faltando ese año de aporte antes comentado
 #912006  por zaffaroni
 
diegro escribió:estimados me llego el viernes un caso de jubilación al estudio y la idea al no saber mucho sobre el fuero es compartirlo con un colega, sobre todo lo que tiene que ver con la sicam. Pero tengo una series de pregunta para hacerle Páramo Pérez al cliente y saber bien que responder. Le comento. La señora aporto durante 17 años, sumado a la moratoria quedarían 27 años de aporte. Los tres restantes como se haría? Tengo entendido que por cada año se computan dos verdad? En ese casó como es el procedimiento? La señora tiene 64 años o sea que esta pasada en la edad de jubilación. Desde ya muchas gracias por la ayuda
me parece que no vas a compartir nada. sos un gloton. si queres responderle bien a tu cliente empeza por leer las leyes que corresponden, eso es lo que haria un profesional responsable. caso contrario hay que derivar el caso.