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 #90003  por flower
 
hola, soy nueva integrante, quisiera que me ayenden en la sigiuente cuestión: una persona fue dañada por un perro, tiene practicamente un defiguración en la cara(lesiones graves?). esto fue hace 5 años, la pregunta:
1.la causa penalmente esta prescripta?
2.civilmente esta prescripta, puede ser que prescripbe a los 5 años sino se hizo la denuncia en la policia, la madre de la chica tiene constancias de los médicos y una denuncia en el consejo vecinal del club deonde ocurrido el hecho identificando a la dueña del perro.
 #90309  por Pandilla
 
Hola flower, dele una vista al texto siguiente:

Lesiones graves:

Tipificado en el art. 90 del CPN: “Se impondrá reclusión o prisión de uno a seis años, si la lesión produjere una debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro o una dificultad permanente de la palabra o si hubiere puesto en peligro la vida del ofendido, le hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o le hubiere causado una deformación permanente del rostro”

Deformación permanente del rostro:

Entendemos por rostro lo que anatómicamente forma la faz, o sea la parte anterior a la cabeza, en sentido horizontal desde una a otra oreja (incluidas), y vertical desde el comienzo de la frente hasta la punta de la barbilla.
El rostro se deforma cuando la simetría de sus líneas o el equilibrio de la fisonomía (manchas) se cambia afeándolo, dándole una configuración asimétrica perceptible por los demás.
El simple cambio en la fisonomía que no afea el rostro no se incluye en el tipo.

Entonces, al menos la Accion Penal, aun no estaria prescripta; ahora, esta el supuesto de que la Accion Civil, ( prescripcion de los 2 años ), estaria prescripta, la opcion es iniciar la Accion Penal siguiente los requisitos expresados en los arts., 29 a 33 del CPN. Tambien, no deje de ver el tema en el CPP que corresponda, ( seccion Actor Civil ).

Saludos y suerte.

 #91303  por MORGAN
 
SE UBICO AL DUEÑO DEL PERRO?
CIVILMENTE ES IMPOSIBLE PRESCRIBIO.
LA ACCION PENAL PRESCRIBE POR EL TIEMPO QUE ESTABLECE EL DELITO.
 #91410  por maram
 
Tenes que tener en cuenta que el autor de las lesiones es un PERRO!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! No cabe responsabilidad penal!!!!!!!!!!!!!!!!! Solo resp civil del dueño del animal !!!!!!!!!!!!!!



[quote="Pandilla"]Hola flower, dele una vista al texto siguiente:

Lesiones graves:

Tipificado en el art. 90 del CPN: “Se impondrá reclusión o prisión de uno a seis años, si la lesión produjere una debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro o una dificultad permanente de la palabra o si hubiere puesto en peligro la vida del ofendido, le hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o le hubiere causado una deformación permanente del rostro”

Deformación permanente del rostro:

Entendemos por rostro lo que anatómicamente forma la faz, o sea la parte anterior a la cabeza, en sentido horizontal desde una a otra oreja (incluidas), y vertical desde el comienzo de la frente hasta la punta de la barbilla.
El rostro se deforma cuando la simetría de sus líneas o el equilibrio de la fisonomía (manchas) se cambia afeándolo, dándole una configuración asimétrica perceptible por los demás.
El simple cambio en la fisonomía que no afea el rostro no se incluye en el tipo.

Entonces, al menos la Accion Penal, aun no estaria prescripta; ahora, esta el supuesto de que la Accion Civil, ( prescripcion de los 2 años ), estaria prescripta, la opcion es iniciar la Accion Penal siguiente los requisitos expresados en los arts., 29 a 33 del CPN. Tambien, no deje de ver el tema en el CPP que corresponda, ( seccion Actor Civil ).

Saludos y suerte.[/quote]
 #91412  por maram
 
Lo que decis es correcto sólo que acá no hay responsabilidad penal porque el autor es un PERRO!!!!!!!!!!!!!!!! Solo cabría resp civil pero está prescripta
[quote="MORGAN"]SE UBICO AL DUEÑO DEL PERRO?
CIVILMENTE ES IMPOSIBLE PRESCRIBIO.
LA ACCION PENAL PRESCRIBE POR EL TIEMPO QUE ESTABLECE EL DELITO.[/quote]
 #91438  por turiddu
 
maram escribió:Lo que decis es correcto sólo que acá no hay responsabilidad penal porque el autor es un PERRO!!!!!!!!!!!!!!!! Solo cabría resp civil pero está prescripta
MORGAN escribió:SE UBICO AL DUEÑO DEL PERRO?
CIVILMENTE ES IMPOSIBLE PRESCRIBIO.
LA ACCION PENAL PRESCRIBE POR EL TIEMPO QUE ESTABLECE EL DELITO.
Independientemente de la cuestión relativa a la prescripción de la acción penal, te comento que SI se puede responsabilizar penalmente al dueño de un animal (en el caso, un perro) que cause una lesión a una persona (la figura correspondiente sería la del art. 94CP), configurándose un típico caso de violación al deber de cuidado.

Al respecto, puede resultar muy ilustrativo el auto de procesamiento recaído en los autos "C, A.B." (entiéndase: Caubet, Amanda Beatriz,los colegas laboralistas comprenderán a quién me refiero). Allí, se discutía la responsabilidad penal de la dueña de un rottweiler que, por circular sin el respectivo bozal, atacó a una menor de 3 años desfigurándole completamente el rostro.

Ese ese sentido y, revocando lo dispuesto por el juez preventor, la alzada - para sustentar el procesamiento - invocó el artículo 29, inciso a de la Ordenanza 41.831 que establece que en la vía pública tanto gatos como perros "deberán ser conducidos en forma responsable mediante el empleo de rienda y pretal o collar y bozal", por lo que la sala interviniente - francamente no recuerdo cuál, sí, en cambio que es de la Cámara del Crimen de Capital - encontró a Caubet responsable de la violación del deber de cuidado que impone la citada norma, imputándole la comisión del delito de lesiones culposas.

Si te interesa el fallo, o algún colega puede resultarle de su agrado, puede encontrarse en el buscador de LA LEY tal como lo consigné precedentemente; o bien, si alguien lo desea, gustoso puedo subirlo.

A más de ello, conozco por lo menos 5 decisorios más del mismo fuero donde se resolvió de idéntica forma, por lo que no resultaría descabellado responsabilizar penalmente al dueño del animal atacante.

Espero haya servido la información.
Fuertes abrazos. :wink:

 #91617  por ffrancos
 
Turiddu, te agradecería si podes subir el fallo o bien remitirmelo de alguna forma. Me interesa el tema, gracias desde ya. Saludos

 #91775  por turiddu
 
Dame un par de días ffrancos que con mucho gusto lo tipeo y lo pego.

Un fuerte abrazo. :wink: