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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #917308  por valsolp
 
Les consulto el caso de una sra que desea cancelar la moratoria ley 24.476 en cuotas, ya que posee aportes actuales.
Me gustaria consultar si es posible enviar el plan como jubilacion en 18 cuotas, que la sra lo vaya pagando y al cumplir la edad ( cuota 12) poder iniciar el expte jubilatorio.
En la Udai afirman que si, pero me gustaria conocer sus experiencias y si es recomendable?
gracias
 #917405  por alejandrodh
 
si, ningun problema. le haces la liquidacion normalmente pero en vez de jubilacion le pones reconocimiento de servicios en el Sicam y le imprimis las cuotas para que las cancele todos los meses. Y despues ves como le cobras al cliente. Yo en mi caso le cobre un haber previsional minimo y actual al contado. asi le das libertad y que el cliente haga lo que quiera despues y no lo tenes atado a vos. Eso si, es aconsejable una vez terminado de pagar que haga inmediatamente un reco, eso tambien se lo podes cobrar aparte si queres. Fijate. Suerte!
 #917419  por valsolp
 
Gracias Alejandrodh! sobre todo el consejo de cobro al cliente.
Pero entonces no puedo iniciar la jubilacion hasta que cancele toda la moratoria?
Porque la idea era justamente que pague en 18 cuotas, 12 cuotas ahora, y solo queden 6 despues de cumplir la edad. Es decir iniciar el expte jubilatorio con 6 cuotas pendientes, no se puede?
 #918590  por draines
 
Hola, tuve un caso donde el plan se hizo en 60 cuotas en el 2008 para completar años faltantes y se puso otros libres de deuda, al cumplir los 60 años le faltaban 15 cuotas, la Sra. pago todas las faltantes y me dijeron en la UDAI Rosario que tenia que salir en el sicam "plan cancelado" y luego se inició y ya está jubilada. Tendrias que averiguar si optando por jubilacion le siguen descontado las restantes cuotas al obtener el beneficio, esto no se bien como es. Un saludo.
 #919470  por zaffaroni
 
se puede hacer sin problema alguno. lo ideal es que la moratoria este cancelada al momento de iniciar la jubilacion porque a futuro no sabemos que pueden exigir, igual podes tirarte a hacerla en comodas cuotas y luego, cuando cumpla la edad reformular el plan, total el sistema tomara a cuenta los pagos efectuados. es la mejor forma de cubrirse ante una eventual derogacion de la 24476