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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #91785  por magdra
 
Necesito vuestro consejo...tengo que contestar telegrama mañana!!!
Soy letrada del empleador en un reclamo laboral(de $129.000) por relación laboral en "negro total",que negue existencia en los telegramas pertinentes y que, por ahora, quedó en conciliación cerrada si acuerdo en SECLO, despues de una oferta elevadísima de mi pte.que no fue aceptada, con lo cual esperaba que el próximo paso fuera la demanda, pero hoy mi clte.recibió una intimación a que "...habiendo transcurrido plazo...intimo cumpla con 132bis....entregue certificado art.80...y acredite aportes....y bla..bla...bla.." Que??ahora??despues de SECLO??Yo lo tomo como un acercamiento de la otra parte..les faltará plata para las vacaciones y quieren reabrir inst.conciliatoria!!ahora el tema es....como contesto a ese telegrama....Me remito a mis cds anteriores...reiterando inexistencia de relacíón....?que me sugieren?

 #91791  por MORGAN
 
Es un error del abogado como va a pedir certificados si le negaste la relacion laboral.

 #91796  por turiddu
 
MORGAN escribió:Es un error del abogado como va a pedir certificados si le negaste la relacion laboral.
Estimo que lo hace pura y exclusivamente a los fines de acreditar la intimación que le permita reclamar el pago en sede judicial de la indemnización del 132 bis LCT. Sin embargo, comparto lo que bien decís, negada la relación laboral, el pedido de los certificados deviene completamente inoficioso.

Fuertes abrazos. :wink:

 #91798  por magdra
 
turiddu escribió:
MORGAN escribió:Es un error del abogado como va a pedir certificados si le negaste la relacion laboral.
Estimo que lo hace pura y exclusivamente a los fines de acreditar la intimación que le permita reclamar el pago en sede judicial de la indemnización del 132 bis LCT. Sin embargo, comparto lo que bien decís, negada la relación laboral, el pedido de los certificados deviene completamente inoficioso.

Fuertes abrazos. :wink:
Gracias!pero por eso...que responderías al telegrama??ademas...procede la intimacíón posterior a la instanciia de conciliación?.saludos!

 #91801  por MORGAN
 
Le negaste la relacion ya esta nada mas ni siquiera justicia

 #91804  por turiddu
 
magdra escribió:
turiddu escribió:
MORGAN escribió:Es un error del abogado como va a pedir certificados si le negaste la relacion laboral.
Estimo que lo hace pura y exclusivamente a los fines de acreditar la intimación que le permita reclamar el pago en sede judicial de la indemnización del 132 bis LCT. Sin embargo, comparto lo que bien decís, negada la relación laboral, el pedido de los certificados deviene completamente inoficioso.

Fuertes abrazos. :wink:
Gracias!pero por eso...que responderías al telegrama??ademas...procede la intimacíón posterior a la instanciia de conciliación?.saludos!
Mirá, a mi modesto y leal saber y entender, correspondería una nueva apertura de la vía concilitiatoria al reclamarse un rubro no incluído en la conciliación anterior. En ese caso, volvería a negar la existencia del vínculo de la misma manera que lo hiciste en los telegramas anteriores. Por otro lado, y si mal no recuerdo en la ley comentada de Pirolo, se hace referencia a jurisprudencia del fuero en cuya virtud se destaca que concluída la instancia conciliatoria, y quedando expedita la vía judicial, un ulterior reclamo amerita una nueva etapa de conciliación. Si querés, busco el texto y lo transcribo magdra.

Un fuerte abrazo. :wink:

 #91806  por MORGAN
 
Yo ni le contesto, si me llaman a una nueva conciliacion por agun vericueto voy le oferto menos que antes y asi seguimos lloro le digo que murio la madre etc.

 #91916  por Ishtar
 
Hola, el 132 bis no se aplica a los contratos no registrados, por lo tanto es improcedente su reclamo, y como te dicen los otros foristas si negaste la relación laboral yo lo único que haría sería contestar negando el teleg.xxx por improcedente y ratificando el teleg.donde le negas rel.laboral.
No queda otro camino...

 #91919  por MORGAN
 
No no hay mas nada que contestar

 #91933  por Sailaw
 
Está bien pedido el art. 80 LCT, porque abre el rubro de los tres sueldos por su no entrega en la demanda, al negar la existencia de relación laboral, el empleador se acorraló.

 #91939  por MORGAN
 
Uno pide todo despues se vera en este caso que pida lo que quiera el requerido tiene que continuar en su postura, una vez que nego la relacion laboral despues de eso todo lo demas que quiera contestar o no es absolutamente innecesario por eso es mejor no contestar mas nada.

 #91962  por DAL
 
Coincido con Ishtar en qeu la norma del 132 bis no va. Analizala bien y por ese lado quedate tranquila.
Respecto al certificado por supuesto que no se lo vas a entregar, pero por intimar si luego prueba la relación laboral le corresponde la indemnizción del 80 por eso te intima.

Yo contestaría la carta.
Si te inicia demanda sin pasar por el SECLO deberías ver si podés anularla en parte u oponerte. Yo no lo avivaría de que tiene que ir a conciliación de nuevo si me sirve para provocar una nulidad.

 #92001  por Sailaw
 
Si se comienza en una postura, se debe permanecer en ella a toda costa, aún sabiendo que en caso de juicio se puede perder, lo contrario sería estar derrotado ab initio.

Cuando existe este tipo de situación, uno nunca sabe, puede ser que nunca presente demanda, o que presentada el abogado sea un queso y por negligencia pierda prueba o se equivoque, vaya uno a saber que depara el futuro.

Pero si corregimos una postura en pleno intercambio telegrafico, estamos allanandonos (aunque sea parcialmente), y si de decir que no habia relación, la reconocemos, tambien estamos reconociendo la existencia del fraude laboral.

En simples palabras, si estamos en el baile...........bailemos!!!!
 #92043  por Oscar Santiago
 
magdra escribió:Necesito vuestro consejo...tengo que contestar telegrama mañana!!!
Soy letrada del empleador en un reclamo laboral(de $129.000) por relación laboral en "negro total",que negue existencia en los telegramas pertinentes y que, por ahora, quedó en conciliación cerrada si acuerdo en SECLO, despues de una oferta elevadísima de mi pte.que no fue aceptada, con lo cual esperaba que el próximo paso fuera la demanda, pero hoy mi clte.recibió una intimación a que "...habiendo transcurrido plazo...intimo cumpla con 132bis....entregue certificado art.80...y acredite aportes....y bla..bla...bla.." Que??ahora??despues de SECLO??Yo lo tomo como un acercamiento de la otra parte..les faltará plata para las vacaciones y quieren reabrir inst.conciliatoria!!ahora el tema es....como contesto a ese telegrama....Me remito a mis cds anteriores...reiterando inexistencia de relacíón....?que me sugieren?


Entiendo que tenés que contestar negando nuevamente la existencia de la relación laboral, es decir, seguir la misma postura que asumiste en el primer telegrama que respondiste por tu cliente y que por lo tanto no corresponde dicha intimación.
 #92277  por magdra
 
Queridos colegas:
Realmente agradezco sus respuestas, me resultaron de gran utilidad:
y el telegrama que resulto de todo esto fue...
Atento a que el intercambio epistolar ha quedado concluido en anterior oportunidad, rechazo su TCL 71235135 de fecha 08/01/2008 por improcedente.Ratifico en los mismos términos, mi CD 905105325 de fecha 06/11/2007 y, niego en forma reiterada la existencia de vinculación laboral alguna entre nosotros. Buenos Aires, 11 de enero de 2008.

Que les parece?
un saludo a todos!!