Hola chicos, les cuento que por primera vez me pasa de tener un caso en que el cliente, aportante autónomo, no tiene deuda desde su inscripción hasta el año 6/2004, por lo tanto en sicam debo aplicarle 24241, pero si tiene deuda desde 7/2004 al 7/2007 que debería renunciarlos, pero nunca he trabajado un sicam con 24241, por lo que no se si es compatible con la ley 25321, Gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
maril escribió:Hola chicos, les cuento que por primera vez me pasa de tener un caso en que el cliente, aportante autónomo, no tiene deuda desde su inscripción hasta el año 6/2004, por lo tanto en sicam debo aplicarle 24241, pero si tiene deuda desde 7/2004 al 7/2007 que debería renunciarlos, pero nunca he trabajado un sicam con 24241, por lo que no se si es compatible con la ley 25321, Gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!Leiste la 24241 y la 25321.
