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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #919975  por maril
 
Hola chicos, les cuento que por primera vez me pasa de tener un caso en que el cliente, aportante autónomo, no tiene deuda desde su inscripción hasta el año 6/2004, por lo tanto en sicam debo aplicarle 24241, pero si tiene deuda desde 7/2004 al 7/2007 que debería renunciarlos, pero nunca he trabajado un sicam con 24241, por lo que no se si es compatible con la ley 25321, Gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #919986  por hugo2
 
maril escribió:Hola chicos, les cuento que por primera vez me pasa de tener un caso en que el cliente, aportante autónomo, no tiene deuda desde su inscripción hasta el año 6/2004, por lo tanto en sicam debo aplicarle 24241, pero si tiene deuda desde 7/2004 al 7/2007 que debería renunciarlos, pero nunca he trabajado un sicam con 24241, por lo que no se si es compatible con la ley 25321, Gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Leiste la 24241 y la 25321.
 #920061  por maril
 
Si, gracias Hugo, solo necesito confirmar mis dudas!!