Como les va colegas:
Les comento, tengo un juicio ejecutivo con sentencia firme contra un particular, el cual es insolvente por lo que lo único que pude hacer fue inhibirlo.
Ahora buscando en nosis (pagina de info de personas) me entero que el ejecutado es parte de una sociedad anónima (S.A.).
Tengo entendido puedo embargar sus cuotas sociales.
Entonces mis dudas son:
1-) Puedo iniciar (por separado, no en mismo expediente) una medida cautelar ejecutiva (recordemos que ya tengo sentencia, por eso seria ejecutiva), o deberé iniciar la medida en el expediente principal ("avivando" a la parte contraria y por ende pudiendo complicarse el embargo)?
2-) Como seria el tramite? tengo que aportar algún dato sobre esa sociedad? no tengo ninguno, solo el informe de nosis, deberé pedir previamente en mismo pedido de embargo se oficie a algún organismo que me confirme que el demandado forma parte de la S.A.? a que organismo seria?
3-)Una vez trabado el embargo, cual seria el tramite? mando a subastar como si se tratara de un inmueble?
4-) Teniendo otra cautelar trabada (inhibición) puede la misma convivir con un embargo?
A mi entender si, he leído que siendo la inhibición una medida general y, no sabiendo al momento del embargo todavía el valor de esas cuotas, puede coexistir hasta que se demuestre que el valor embargado es mas que suficiente para cubrir la deuda, resultando solo entonces la inhibición superflua. Pero quizás alguno tenga alguna otra opinión.
Buenos,esas son mis dudas, agradecería alguno con mas cancha en esto me de una mano
Desde ya gracias
Un saludo colegas
Les comento, tengo un juicio ejecutivo con sentencia firme contra un particular, el cual es insolvente por lo que lo único que pude hacer fue inhibirlo.
Ahora buscando en nosis (pagina de info de personas) me entero que el ejecutado es parte de una sociedad anónima (S.A.).
Tengo entendido puedo embargar sus cuotas sociales.
Entonces mis dudas son:
1-) Puedo iniciar (por separado, no en mismo expediente) una medida cautelar ejecutiva (recordemos que ya tengo sentencia, por eso seria ejecutiva), o deberé iniciar la medida en el expediente principal ("avivando" a la parte contraria y por ende pudiendo complicarse el embargo)?
2-) Como seria el tramite? tengo que aportar algún dato sobre esa sociedad? no tengo ninguno, solo el informe de nosis, deberé pedir previamente en mismo pedido de embargo se oficie a algún organismo que me confirme que el demandado forma parte de la S.A.? a que organismo seria?
3-)Una vez trabado el embargo, cual seria el tramite? mando a subastar como si se tratara de un inmueble?
4-) Teniendo otra cautelar trabada (inhibición) puede la misma convivir con un embargo?
A mi entender si, he leído que siendo la inhibición una medida general y, no sabiendo al momento del embargo todavía el valor de esas cuotas, puede coexistir hasta que se demuestre que el valor embargado es mas que suficiente para cubrir la deuda, resultando solo entonces la inhibición superflua. Pero quizás alguno tenga alguna otra opinión.
Buenos,esas son mis dudas, agradecería alguno con mas cancha en esto me de una mano
Desde ya gracias
Un saludo colegas
