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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #920351  por Esperanza1
 
Hola tengo una clienta que adquirio el beneficio jubilatorio en julio de 2008 bajo la ley 24 241. Les consulto por los fallos que debo citar para fundar mi petición, asi como la inconstitucionalidad de que leyes debo mencionar. Soy nueva en esto. Gracias
 #920472  por SIPOL82
 
Fallos hay muchos. Lo que tenés que pedir es a aplicación del fallo Elliff, para la determinación del haber inicial (actualización de las remuneraciones sin limitación temporal alguna y hasta la fecha de adquisición del beneficio por el ISBIC), luego podés invocar Sánchez por el carácter sustitutivo que tienen las prestaciones previsionales y también Badaro. (si bien Badaro es movilidad y corresponde por el período 2002-2006), algunos piden la extensión de la aplicación de Badaro.