Hola. Me vino a ver un cliente, a quien el Banco Nación le está reteniendo la Jubilación de Setiembre y Octubre (que no habia pasada a cobrar el dia indicado), por orden del Municipio de Ezeiza, con quien el mismo, mantine una deunda por ABL. Solo existe un expediente X APremio iniciado por el Municipio, hasta la fecha sin notificar. Es correcto que el Munucipio "ordene" retencion de jubiliaciones?? y que el Banco acepte esa directiva contra un jubilado??? Pregunta se intima al banco y a la Ansses, para que informe la razón del no pago de la Jubil.?? De lo contrario que se puede hacer.??Gracias por la mano
MIRÁ, SIN PERJUICIO QUE ESCUCHES OTRAS OPINIONES, LO QUE SE CASI SIN LUGAR A DUDAS QUE LAS JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SISTEMA NACIONAL SON INEMBARGABLES, FIJATE EN LA LEY 24241 CUYO ART QUE LO DICE NO LO RECUERDO. A MI CRITERIO ES UNA VARBARIDAD Y YO CREO QUE HABRÍA QUE HACER UNA DENUNCIA ANTE ANSES POR EL TEMA Y ADEMÁS PRESENTACIÓN EN EL EXPEDIENTE QUE CORRESPONDA AL MUNICIPIO OPONIÉ DOSE A TAL RETENCIÓN.
INSISTO EN QUE ESCUCHES OTRAS OPINIONES PERO ME PARECE NO ESTAR DESACERTADO EN LO QUE TE DIJE EN EL PÁRRAFO ANTERIOR. SALUDOS