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  • Ayuda juicio ejecutivo!!

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 #920907  por ggg1984
 
Buenas tardes colegas!!! Inicie un juicio ejecutivo por el cobro de un pagare (Còrdoba), ahora las preguntas (perdon si son tontas):
1) Cometi el grave error de notificar el traslado de la demanda con aviso de que iba con copia, pero me olvide de adjuntar la copia: la vuelvo a notificar correctamente? cual seria la "sanciòn" por no notificar bien? (al demandado ya le llego la cedula)
2) El demandado se comunico conmigo y me dijo que quiere arreglar para que frene el juicio:
a) Me ofrece pagar en cuotas: que comprobante de pago le doy? recibo?
b) una vez que acordemos es conveniente redactar un acuerdo de pago y hacerlo firmar? eso despues se tiene que acompañar en el expediente?
c) le cobro el monto del pagare + intereses?
d) Una vez que termino de pagar el demandado, desisto del derecho en el expediente? que escrito puedo presentar?
Muchas gracias por la ayuda es el primer ejecutivo...
 #920971  por andresxeneizes
 
1) sancion no hay, lo unico es que esa notificacion no es valida
2)
a) haces un acuerdo, por la primer cuota si te la paga en el acuerdo podes poner que el acuerdo es suficiente recibo de la misma y por las cuotas posteriores le haces un recibo
b) si se tiene que acompañar en el expte
c) lo que te convenga segun si el contrario es cobrable o no, o el apuro que tenga tu cliente en cobrar
d) presentas una carta de pago diciendo que pago todo
 #920988  por gusgus
 
1) si ya pasaron 5 dias, sancion no hay pues paso ek plazo para una nulidad de la intimacion de pago...

2)
b) no hace falta acompañarlo.. pues decria ser con patricnio lletrado del demandado y suben los numeros
c) capital, intereses, gastos y honorarios

d) depende si ya trabaste cautelares o no.... si trabaste cautelares, para poder levantarlas debes abonar aportes, tasa, etc... en este caso, presentas un escrito diciendo que el demanddado cancelo la deuda detallando monto de capital, gastos y honorarios percibidos, y pagas aportes profesionales...

si no tenes cautelar, deja morir el expediente
 #921075  por ggg1984
 
Gracias por las respuestas! Trabe embargo sobre cosas muebles, ya deje el oficio para la firma pero aun no lo diligencie y me exigieron pagar aportes asique lo hice y pienso cobrarselos al demandado, yo tengo que cancelar el embargo?.
Y otra pregunta puedo notificar otra vez la demanda?
 #921127  por andresxeneizes
 
en el mismo escrito dicen que dejan sin efecto el embargo.
si haces el acuerdo no es necesario notificar la demanda, sino llegas a un acuerdo obviamente ademas de poder, tenes que volver a notificar la demanda
 #921585  por ggg1984
 
Muchas gracias Andrés!!! Te cuento que por las dudas la volví a notificar para que no dilaten con las nulidades... Aun no me volvieron a llamar para arreglar... Tendrás algún modelo de este tipo de acuerdo? Te agradezco la ayuda !!!!