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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #921538  por faguita
 
Hola a todos; me han convocado para patrocinar en un expediente por reajuste de haberes contra ANSES que estaba paralizado; el actor falleció y quien me convoca es la viuda.- Lo pedí, y estando nuevamente en letra observo que el mismo tiene sentencia favorable al actor en el 2010; el letrado interviniente diligenció la sentencia pertinente al ANSES y acreditó el diligenciamiento en el expte., y... hasta ahí está, luego viene la paralización.-Les pido por favor me digan, si tengo que volver a librar oficio al ANSES pidiendo que informe el estado del cumplimiento de la sentencia, o ....que otra medida debo tomar?, desde ya muchas gracias. saludos
 #921548  por noelin
 
Y NO APELO ANSES???? SI ES ASI DALE NOMAS, TUVISTE SUERTE!!!
 #921583  por drany
 
Si el administrativo junto con las copias certificadas de la sentencia está radicado en ANSES desde el 2010, podés iniciar la ejecución de sentencia.
Entrá a la página de ANSES y verificá el estado del expediente.
De todos modos, por una cuestión de ética me aseguraría de ver qué es lo que pasó con el abogado anterior ya que si bien no inició ejecución de sentencia, el trámite del ordinario lo completó hasta el final y devengó los honorarios judicialmente regulados.-
Suerte!
 #921604  por faguita
 
Les comento, que.... bueno, le presentación está hecha constituyendo nuevo domicilio y demás, con carta de sustitución de patrocinio, escrito acompañando copia de la carta, jus, y declaratoria para acreditar la legitimación activa.- Bueno, la consulta, es referente, de como sigo, ya que en el expte. lo último es la acreditación del diligenciamiento de la sentencia al ANSES.- Saludos.
 #922348  por crisyta
 
hola si pasaron los 120 días tenes que iniciar la ejecución en que juzgado la tenes?
 #922388  por Indubio
 
La viuda es pensionada?
Entonces lo que podés hacer antes de iniciar la ejecución es ir a Alsina 250 y verificar si vincularon los expedientes (el del causante con la sentencia pendiente de pago y el de la pensionada, a quien deberían pagarle la sentencia). Si los vinculan, y tenés un poco de paciencia, quizás te paguen.
Mientras tanto, anda preparando la ejecución.