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  • Incumplimiento del convenio de conciliación DdC

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #921595  por justiciasinfin
 
En la instancia de conciliación (defensa del consumidor) un vendedor se comprometió al recambio del producto fallado en el plazo de 45 días a entregar e instalar en el domicilion del cliente. Independientemente del auto de imputación que pueda seguir en el expte. administrativo, voy iniciar una mediación prejudicial por el incumplimiento. Leí la ley prov. bs. as. y dice art. 48 2° apartado y 47 ley 24240: "el infractor será pasible de las sanciones establecidas en la presente, SIN PERJUICIO DEL CUMPLIMIENTO IMPERATIVO DE LAS OBLIGACIONES QUE LAS PARTES HUBIERAN ACORDADO" (El cliente no recibió el recambio con instalación del producto a nuevo). El acta homolagada de ese compromiso es un instrumento público que encuadra en el artículo 521 (títulos ejectivos CPCC inc. 1° y 7°), con lo cuál: 1) se puede ejecutar en sede judicial. 2) podría abrir una mediación prejudicial (que por otro lado es instancia obligatoria) sea por incumplimiento de contrato y del convenio en defensa del consumidor o por daños (por el monto de la suma pagada y/o por el daño punitivo art 52bis LDC). Cúal es podría ser el encuadre posible o conveniente del caso?