Primero debera contar con las normas que tratan sobre las condiciones en que deben ser brindados dichos servicios, Resoluciones del Ente regulador, etc
Les paso un par de modelos
REFERENCIA: “Impugna estado de deuda y solicita bonificación por indisponibilidad de servicio”
Señores
de la EMPRESA “AGUAS DE FORMOSA S.A.”
Calle FOTHERINGHAN Nº 224.-
ESD:
Nombre y apellido, por derecho propio, en mi carácter de usuario del servicio de agua potable, Cuenta Nº 0-000000-000, correspondiente al inmueble sito en la calle ……………Nº…………. del Bº………………., de esta ciudad, me dirijo a Ud. a los efectos de interponer reclamo en los términos del art. 60 de la Ley 1.142.-
1.- IMPUGNA ESTADO DE DEUDA. –
En tal sentido, vengo a impugnar el estado de cuenta que la firma me ha proporcionado por personal de la prestataria, toda vez que la deuda que reclama la empresa no ha sido generada por el suscripto, en función de que la misma refiere a servicios prestados por la empresa con anterioridad a mi ingreso al inmueble de referencia.-
Que conforme se acredita con la documental que se adjunta, el boleto de compraventa certificado por el escribano titular del registro notarial Nº…., soy usufructuario del servicio por Uds. prestado, desde el 00/00/2006, por lo que deviene improcedente la pretensión de vuestra parte de percibir montos por periodos anteriores a la toma de posesión del inmueble.-
Por tal motivo, deberá abstenerse de remitir intimaciones al suscripto y/o realizar procedimientos que me impidan el suministro del agua potable, toda vez que, la deuda reclamada no pertenece al suscripto.-
La impugnación del estado de la deuda y la pretensión que realizo se formula en el marco de la Resolución 222/99 y concordantes del EROSP, que sostiene la doctrina de que las tarifas por los servicios que presta la empresa y/o las deudas, obligan al que ha usufructuado el servicio.-
2.- SOLICITA BONIFICACIÓN POR INDISPONIBILIDAD DE SERVICIO.
Por otra parte, reclamo que el servicio prestado por la Empresa es precario, tan es así que mi grupo familiar no puede contar con este elemento del todo vital, pues solamente en determinadas horas tenemos servicio. Por ello y según lo normado por el art. 26 inc. f) de la ley 1.142, el usuario tiene derecho a que se le bonifique la compensación que corresponde por indisponibilidad cuando el servicio de agua no se presta en las condiciones de continuidad y regularidad exigidas por el artículo 4º y 5º de la Ley Provincial Nº 1.142.-
El EROSP ha establecido que el “servicio publico debe ser prestado en condiciones que aseguren su continuidad, regularidad y generalidad, de manera tal de garantizarse su efectiva y eficiente prestación a los usuarios y dicha provisión de agua, debe en condiciones normales, ser continua, sin interrupciones frecuentes o regulares debidas a deficiencias en los sistemas o capacidad inadecuada, debiéndose garantizar la disponibilidad de agua durante las 24 horas del día y que los usuarios tienen derecho a recibir la compensación correspondiente por la indisponibilidad de los servicios atribuible al Concesionario (articulo 26 inciso f) de la ley Marco Regulatorio Nº 1.142. (Doctrina de la Res. 300/98).-
A los efectos de constatar dicha indisponibilidad, se solicita la comparecencia a mi domicilio de técnicos de la empresa (a la hora indicada procedentemente), para que procedan a verificar la verdad de los dichos.-
Por lo expuesto, reclamo que se regularice la prestación del servicio, que se me bonifique la compensación que corresponda por indisponibilidad.-
PETITORIO: Por todo lo expresado, de AGUAS DE FORMOSA S.A. solicito:
1) Ajuste el estado de deuda, conforme lo expresado procedentemente.-
2) Se realice una inspección técnica en la vivienda familiar del suscripto, a los efectos de constatar la indisponibilidad del servicio denunciada.
3) Se adopten las medidas que resulten necesarias para asegurar un efectivo y eficiente suministro de agua potable, las 24 horas del día, prestado en condiciones que garanticen su continuidad de agua necesaria, conforme al destino de residencia familiar del inmueble.
4) Hasta tanto se regularice la prestación del servicio, se me aplique una compensación, atento a la indisponibilidad denunciada.
Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA.-
OBJETO: Interpone recurso ante E.R.O.S.P.
Señor
Director del
Ente Regulador de Obras y Servicios Públicos
Dr. Luis M. FERNANDEZ BASUALDO
S/D.
NOMBRE Y APELLIDO, en mi carácter de usuario del servicio de agua potable correspondiente al inmueble sito en la calle…..Nº……. del barrio ……………….. de la Ciudad de Formosa – UNIDAD Nº 0 – 000000-000, me presento y digo:
1.- Que conforme la fotocopia que se acompaña en fecha 00/00/2006, formalice reclamo ante la empresa Aguas de Formosa S.A. impugnando el estado de deuda que me fuera remitido, toda vez con el mismo se me reclama una suma que no estoy obligado a pagar, en función de que conforme la documentación que se adjunta (boleto de compraventa), el suscripto ha dejado claramente establecido que los gastos de servicios de agua potable y energía eléctrica son asumidos a partir de la fecha del boleto en cuestión.-
Esto en función de lo preceptuado por la resolución 222/99, y sus antecedentes, en virtud del cual que sostiene la doctrina de que las tarifas por los servicios que presta la empresa y/o las deudas, obligan al que ha usufructazo el servicio, más aún cuando a quedado claramente establecido en el boleto en cuestión el deslinde de responsabilidades respecto al pago del servicio.-
2.- Que, asimismo y en el escrito presentado a la empresa he denunciado la precariedad del servicio, pues solamente en determinadas horas tenemos servicio. Por ello y según lo normado por el art. 26 inc. f) de la Ley 1.142, tengo derecho a que se me bonifique la compensación que corresponde por indisponibilidad cuando el servicio de agua no se presta en las condiciones de continuidad y regularidad exigidas por el artículo 4º y 5º de la Ley Provincial Nº 1.142.-
Vuestro organismo ha establecido que “el servicio público debe ser prestado en condiciones que aseguren su continuidad, regularidad y generalidad, de manera tal de garantizarse su efectiva y eficiente prestación a los usuarios y dicha provisión de agua, debe en condiciones normales, ser continua sin interrupciones frecuentes o regulares debidas a deficiencias en los sistemas o capacidad inadecuada, debiéndose “garantizar la disponibilidad de agua durante las 24 horas del día” y que “los usuarios tienen derecho a recibir compensación correspondiente por la indisponibilidad de los servicios atribuible al Concesionario (articulo 26 inciso f) de la Ley Marco Regulatorio Nº 1.142). (Doctrina de la Res. 300/98).-
A los efectos de constatar dicha indisponibilidad, se solicita la comparecencia a mi domicilio de técnicos de la empresa, para que procedan a verificar la verdad de los dichos.-
3.- Que en función de haberse iniciado procedimiento administrativo de reclamo, solicito se ordene además a la empresa se abstenga de proceder reiterados envíos de intimaciones y avisos de visita del cual pretenden el cobro de las sumas aquí cuestionadas.-
PETITORIO
Por todo lo expuesto SOLICITO:
1.- Por lo interpuesto en tiempo y en forma Recurso.-
2.- Previos los tramites de rigor, ordene a la empresa AGUAS DE FORMOSA S.A., ajuste el estado de deuda correspondiente al suscripto conforme a las pautas establecidas en la Resolución 222/99.-
3.- Se realice una inspección técnica en la vivienda familiar de la suscripta, a los efectos de constatar las indisponibilidad de servicio denunciada.-
4.- Se adopten medidas que resulten necesarias para asegurar un efectivo y eficiente suministro de agua potable, las 24 horas del día, prestado en condiciones que garanticen su continuidad, regularidad y calidad a la vivienda referida, de tal forma que se reciba la cantidad de agua necesaria, conforme al destino de residencia familiar del inmueble.-
5.- Hasta tanto se regularice la prestación del servicio, se me aplique una compensación, atento a la indisponibilidad denunciada.-
6.- Se le ordene a la empresa AGUAS DE FORMOSA S.A. la abstención del corte del servicio estando pendiente de resolución el recurso administrativo; siendo en su defecto pasible de una sanción conminatoria, como así también se abstenga de realizar envíos reiterados de intimaciones con pretensiones de cobros por sumas aquí cuestionadas.-
Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA.-