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  • EMBARGO TRABADO X UN DIA??????

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 #92206  por La doqui
 
Estimados Colegas:
En un ejecutivo, se traba embargo en dos cuentas corrientes de distintos bancos, uno o traba correctamente (con permanencia hasta que se cumpla la medida o bien se ordene el levantamiento) y el otro, lo trabó x un día, sólo x el día siguiente de recepción del oficio. El oficio dice " y hasta cubir las sumas....." Es que el Banco enloqueció??????? Llamé al Banco y me contestaron que si no dice permanente ellos lo traban así. No es un disparate?? Si la equivocada soy yo, me indican dónde encuentro algo que lo reglamente???
MIL GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
La doqui :roll:

 #92214  por Sailaw
 
No sería un banco para donantes de esperma?

 #92224  por MORGAN
 
Visto asi parece un dislate pero cabria la posibilidad de que hubiera un error en el texto de todas maneras los plazos de los embargos se rigen, en la generalidad, por la normativa de forma, fijate como es el asunto, y para evitar mas problemas y perder tiempo solicita que en el oficio se haga constar que las sumas embargadas sean remitidas a autos xxx y a la orden del juez, etc.
 #92319  por andreis28
 
es que tampoco es permanente, sino que "hasta cubrir las sumas"... por otro lado es una orden judicial y todas las entidades retienen como corresponde (por lo menos todas en las que he trabado) yo manifestaria en el expediente que el banco no trabo la medida correctamente, que se reitere el oficio bajo apercibimiento de astreintes?? puede ser?
La doqui escribió:Estimados Colegas:
En un ejecutivo, se traba embargo en dos cuentas corrientes de distintos bancos, uno o traba correctamente (con permanencia hasta que se cumpla la medida o bien se ordene el levantamiento) y el otro, lo trabó x un día, sólo x el día siguiente de recepción del oficio. El oficio dice " y hasta cubir las sumas....." Es que el Banco enloqueció??????? Llamé al Banco y me contestaron que si no dice permanente ellos lo traban así. No es un disparate?? Si la equivocada soy yo, me indican dónde encuentro algo que lo reglamente???
MIL GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
La doqui :roll:

 #92325  por MORGAN
 
Como que no es permanete la orden seria deberá retener fondos y remitirlos a autos, si no hay fondos pedis inhibicion bancaria.

 #92850  por La doqui
 
Gracias a todos. Concilié ya el expediente, y ahora estoy evaluando ir contra el banco que trabó incorrectamente la medida, que les parece? Será viable? basandome en la Reglamentación de cuenta corriente bancaria del BCRA, y la normativa del CPCC?
Gracias otra vez!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

 #92867  por gadriana
 
Y si conciliaste el expediente, cual sería el perjuicio para ir contra el banco???

 #92930  por MORGAN
 
Eso tenes que probar el perjuicio, si se trabo mal o no se trabo, etc. no quiere decir que te van a reparar el daño tenes que probarlo y acabadamente!!.
 #93017  por 123justicia
 
La doqui escribió:Estimados Colegas:
En un ejecutivo, se traba embargo en dos cuentas corrientes de distintos bancos, uno o traba correctamente (con permanencia hasta que se cumpla la medida o bien se ordene el levantamiento) y el otro, lo trabó x un día, sólo x el día siguiente de recepción del oficio. El oficio dice " y hasta cubir las sumas....." Es que el Banco enloqueció??????? Llamé al Banco y me contestaron que si no dice permanente ellos lo traban así. No es un disparate?? Si la equivocada soy yo, me indican dónde encuentro algo que lo reglamente???
MIL GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
La doqui :roll:
seguramente hubo un error en a redaccion del oficio, se le escapo al secretario. y de alli se agarraron en el banco...

 #97698  por La doqui
 
He vuelto y sigo con el asuntillo. Retomando. El banco al trabar x un día sólo el embargo, generó que los cheques posteriores a esa fecha vinieran rechazados como sin fondos y no como cuenta embargada (que hubiese sido lo correcto de haber estado trabado el embargo) y esto generó a su vez multas en el BCRA y demás perjuicios. Una pelota de $10000 terminó en $ 40000 (multas BCRA, Banco e intereses). Los cheques rechazados x cta. embargada no se informan al BCRA. :roll:
Les parece viable el daño? alguien sabe de las reglamentaciones que tiene el BCRA para la traba de las medidas? Ya llamé al BCRA y no tienen idea de lo que les hablo. GRACIAS otra vez!

 #97704  por DAL
 
Doqui no entendí nada.
Si el banco trabo el embargo solo por un día, fue porque recaudaron el monto del embargo, o no???

Si despues no hubo más plata porque la cuenta se quedó sin fondos porque no le pusieron más plata es logico que los cheques sean rechazados por falta de fondos. NO importa por que faltan los fondos. Hay motivos taxativos para el rechazo del cheque.

Ahora bien lo que menos entiendo es donde estas vos en todo esto. Del primer post me parecio que vos eras la abogada que trabó el embargo y el banco lo trabo por un dia.
Ahora del segundo, parece que sos la abogada del deudor cuentacorrentista. Quien sufrio el daño sino el cuentacorrentista????

Me maree . . . . :shock: :shock:

 #97733  por La doqui
 
Dal: tenés razón fui poco clara. ´se presentó el oficio ante el banco pero éste respondió que como en la fecha que se presentó el oficio existía saldo negativo en la cuenta, el banco informó que no había podido realizarse la traba x no tener fondos suficientes la cuenta que se embargaba. Ahora bien, no importa que que tenga fondos o no, la cuenta debería quedar trabada hasta que se levante o se embarguen las sumas. Cierto? Bueno, el banco sólo lo trabó un día y como no tenía plata ese día, me contestó que no había podido cumplir la manda judicial.
Ahora bien, si el banco en cuestión hubiese trabado el embargo hasta tanto lo levantase o se cumpliese, los cheques se rechazarían x cta. embargada, y no por falta de fondos. Como el embargo no llegó a efectivizarse, los cheques ya librados vinieron de rebote, lo cual es lógico.
Y DAL, ya cerré el ejecutivo. Pero el que era demandado ahora quiere que yo demande al banco x daños. El daño es palpable ya que los cheques rechazados se informan al BCRA con las consabidas multas que generan y los otros ni se informan, de haberse trabado el embargo en la cuenta, los cheques no vendrían rechazados x sin fondos sino x cta. embargada.
Ahora me expliqué? Gracias otra vez! :oops:

 #97739  por DAL
 
Ah!!! te pasaste de bando!!!!! Ahora vamos por el embargado!!!!!

NO veo bien el daño, ya que fondos la cuenta no tenia, con o sin embargo.
Como te dije hay motivos taxativos que permiten rechazar un cheque y no se bien si cuenta embargada es uno. Hay una circular del BCRA que toca este tema y creo que siempre sea cual sea el motivo del rechazo debe aclararse CON FONDOS o SIN FONDOS DISPONIBLES.


Suerte!!! Y me alegro que hayas cobrado todo!!

 #97749  por La doqui
 
Que feito lo ponés! :D
Es cierto que igual no tenía fondos, pero de haber estado embargada la cuenta el rechazo rezaría "cta. embargada - sin fondos" la otra es "sin fondos". El daño se originaría que en el 1° caso NO se informa al BCRA y en el 2° caso sí. Entonces, si hubiese estado embargada la cuenta los cheques hubieran sido igualmente rechzados pero el motivo es distinto. (eso es la circ. del BCRA y ley de cheques). A ese daño me refiero yo, ahora aparece en todos lados por el rechazo de los cheques sin fondos.
Que onda? Lo ven viable? :shock:
Gracias