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  • sucesiones tracto abreviado acervo unico automotor

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 #922764  por mariaerre
 
Hola a todos necesito por favor ayuda, es mi primera sucesion donde el rodado es el unico bien del acervo, con declaratoria en mano realmente no se como seguir, hay un comprador, ¿se debe adquirir un 08 que lo completa el juez con los datos del nuevo adquirente, missss preguntassss son (varias): debo presentar cuit/cuil del pretenso adquirente, fotocop. de dni, ? y luego en el registro que deben pagar mis clientes? ellos son los herederos del automotor, debido a que su hija soltera falleció. se debe solicitar un certifcado de dominio del rodado? como sigo please!!!!! esto no te lo enseñan en la facu. mil gracias desde ya.
 #922870  por sutriz
 
HOLA
Si ya tenés declaratoria, necesitás: a) pagar la tasa y sobretasa, para lo cual deberás acreditar el valor del vehículo( lo podés hacer con: constancias de dónde surge valuación: seguro, patente, ó acompañando dos ó tres recortes de aviso clasificados de venta de vehículo de idénticas características -por las dudas, preguntá en el Juz.según su criterio, con que te acreditan valuación), b) si la fecha de fallecimiento es posterior al 31/12/10, tenécs que presentar DDJJ del impuesto a la transmisión grat. de bienes, c) certificado de anotaciones personales, certificado de dominio del Reg. Prop. Automotor( pedilo cuando tengas todo porque vence en 15 dias corridos).Con un escrito, acompañas las respectivas constancias, la Declaración Jurada patrimonial , el título del vehículo si aún no lo acompañaste y pedís la inscripción.
Para automotores, no hace falta pedir tracto abreviado, cuando tengas la orden de inscripción, hacés el oficio ( en el foro hay modelos),lo dejás a la firma y con el oficio firmado, los herederos con el comprador se presentan en el registro y hacen la inscripción de la suc. con venta simultánea.
La inscripción también se puede hacer por gestoria.
En cuanto a los aranceles del registro, averigualos al tiempo en que inscriban.
Espero haberte ayudado. Saludos
 #922875  por mariaerre
 
Mil gracias por tu respuesta, me olvide de consultar como se hace en este caso particular, en lo que a Arba respecta, ya que el rodado ademas, no paga patentes desde que lo adquirio la chica que fallecio por gozar del benenficio de excension impositiva.-

La otra opcion¿ podria ser simplemente inscribir la declaratoria en el registro a nombre de los padres? de ser asi la documentacion seria exactamente igual? .
Quiero agadecer su respuesta que fue super clara, mis dudas radicn,a en que me han dicho varias y distintas cosas, entre las cuales que el 08 lo completa el juez y etc. etc. se me hizo un rollo que ni te cuento .- gracias de nuevo
 #923046  por sutriz
 
HOLA
Si no venden, haces lo mismo , sólo que en el RPA sólo inscribís la declaratoria. No te olvides autorizarte en el oficio( "Se autoriza a Dr.... ó a quien este autorice a diligenciar...) por si lo diligencias vos ó la gestoría. Hay modelos , los encontrás con el buscador.
Saludos.