Estimados Colegas:
Les cuento: en un juicio de daños y perjuicios, mi represnetada es demandada reconviniente.-
La parte actora no impulsó el proceso desde el mes desde el 11 noviembre de 2.011, en tanto que en el devenir del proceso, diligencia una cedula ley 22.172 a los efectos de notificar a la Cía de Seguros.-
El 16 agosto de 2.012 presenté la solicitud de caducidad de instancia.-
Despues que se tomaron todo el tiempo, el organo jurisdiccional dicta sentencia interlocutoria que no es procedente la caducidad por considerar que la actora fue quien diligenció la cedula ley incurriendo en un error material (dad que fue la demandada reconviniente quie lo hizo) y hacen todo un fundamento basado siempre que fue la actora quien impulsó el proceso (cuando en realidad no hizo nada desde noviembre del año pasado). Advierten de oficio que hubo un error y mediante simple proveido consideró que quien diligenció la prueba es la parte demandada.-
Como es sentencia interlocutoria apelo y me rechazan la apelación a tenor de lo dispuesto en el CPCC que establece: "La resolución sobre la caducidad sólo
será apelable cuando ésta fuere declarada procedente. En segunda instancia,
la resolución sólo será susceptible de reposición si hubiese sidodictada de
oficio.".-
mi pregunta es que defensas puedo articular cuando el error fue de ellos????? Como hago para que prospere la caducidad de instancia???.-
LES AGRADECERIA QUE ME RESPONDAN A LA BREVEDAD!
GRACIAS!!!!
GUSTAVO
Les cuento: en un juicio de daños y perjuicios, mi represnetada es demandada reconviniente.-
La parte actora no impulsó el proceso desde el mes desde el 11 noviembre de 2.011, en tanto que en el devenir del proceso, diligencia una cedula ley 22.172 a los efectos de notificar a la Cía de Seguros.-
El 16 agosto de 2.012 presenté la solicitud de caducidad de instancia.-
Despues que se tomaron todo el tiempo, el organo jurisdiccional dicta sentencia interlocutoria que no es procedente la caducidad por considerar que la actora fue quien diligenció la cedula ley incurriendo en un error material (dad que fue la demandada reconviniente quie lo hizo) y hacen todo un fundamento basado siempre que fue la actora quien impulsó el proceso (cuando en realidad no hizo nada desde noviembre del año pasado). Advierten de oficio que hubo un error y mediante simple proveido consideró que quien diligenció la prueba es la parte demandada.-
Como es sentencia interlocutoria apelo y me rechazan la apelación a tenor de lo dispuesto en el CPCC que establece: "La resolución sobre la caducidad sólo
será apelable cuando ésta fuere declarada procedente. En segunda instancia,
la resolución sólo será susceptible de reposición si hubiese sidodictada de
oficio.".-
mi pregunta es que defensas puedo articular cuando el error fue de ellos????? Como hago para que prospere la caducidad de instancia???.-
LES AGRADECERIA QUE ME RESPONDAN A LA BREVEDAD!
GRACIAS!!!!
GUSTAVO
