Estimados, tengo una consulta, en un proceso de monto indeterminado, que no es susceptible de apreciación pecuniaria, como se regulan los honorarios? Que escala aplica y sobre qué?
En su caso, se aplica el art. 16 de la 8904 menos el inc. a?
Saludos.
En su caso, se aplica el art. 16 de la 8904 menos el inc. a?
Saludos.
