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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #923895  por jeanvaljean02
 
Estoy esperando sentencia, luego pediré regulación de honorarios.
Mi cliente tiene el 66% del inmueble, la contraparte el 33%. Pienso que la condena en costas recaerá en la contraparte, ahora bien, sigo hipotetizando (sobre bases firmes) si el juez determina la venta y los condóminos se ponen de acuerdo para vender el inmueble de tal y tal forma, ¿es lógico que yo inicie ejecución de honorarios contra el vencido en la división de condominio (no es mi cliente) y pida que se trabe embargo sobre el inmueble? ¿Con un embargo podrán venderlo? (No quiero perjudicar a mi cliente, que quiere la venta, pero a la vez quiero asegurar mis honorarios, porque el que debe pagarme, que es la contraparte, no tiene mas que ese bien)
Espero respuesta, gracias!
JV
 #923915  por Squonk
 
jeanvaljean02 escribió: ¿es lógico que yo inicie ejecución de honorarios contra el vencido en la división de condominio (no es mi cliente) y pida que se trabe embargo sobre el inmueble?
Sí, es lógico porque embargás la parte indivisa del vencido
jeanvaljean02 escribió:¿Con un embargo podrán venderlo? (No quiero perjudicar a mi cliente, que quiere la venta, pero a la vez quiero asegurar mis honorarios, porque el que debe pagarme, que es la contraparte, no tiene mas que ese bien)
Venderlo es posible, cuando se reciba el precio o la seña se puede retener el importe de tus honorarios y vos podes prestar conformidad con el levantamiento de la medida