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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #924260  por ivanacarla
 
Buenos días, la situación es la siguiente: mi padre falleció hace dos años quien estaba jubilado y mi madre ahora está por iniciar el trámite de la pensión derivada por su fallecimiento, lo que quisiera saber es cuantos meses le corresponden de retroactivo?
Muchas gracias!
 #924446  por hugo2
 
ivanacarla escribió:Buenos días, la situación es la siguiente: mi padre falleció hace dos años quien estaba jubilado y mi madre ahora está por iniciar el trámite de la pensión derivada por su fallecimiento, lo que quisiera saber es cuantos meses le corresponden de retroactivo?
Muchas gracias!
Podes preguntarle al profesional que esta con el tramite.
 #924534  por Real
 
si no me equivoco tenés dos años para iniciar la pensión, un año para reclamar el subsidio de contención fliar (gastos de sepelio). La pensión si la inicias dentro del año de fallecido se paga retroactivo desde el fallecimiento y si la inicias despues del año de fallecido se paga retro desde la presentación ante la ANSES.
 #924659  por diegomdp
 
Real escribió:si no me equivoco tenés dos años para iniciar la pensión, un año para reclamar el subsidio de contención fliar (gastos de sepelio). La pensión si la inicias dentro del año de fallecido se paga retroactivo desde el fallecimiento y si la inicias despues del año de fallecido se paga retro desde la presentación ante la ANSES.
no es asi, el derecho es imprescriptible podes iniciarlo dentro de 50 años si queres lo dice el art 14 de la constitucion nacional, lo que prescriben son los haberes y el plazo de prescripcion es 1 año art 82 ley 18037 aplicable por imperio del art 156 de la 24241
 #924692  por zaffaroni
 
ivanacarla escribió:Buenos días, la situación es la siguiente: mi padre falleció hace dos años quien estaba jubilado y mi madre ahora está por iniciar el trámite de la pensión derivada por su fallecimiento, lo que quisiera saber es cuantos meses le corresponden de retroactivo?
Muchas gracias!
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Real escribió:si no me equivoco tenés dos años para iniciar la pensión, un año para reclamar el subsidio de contención fliar (gastos de sepelio). La pensión si la inicias dentro del año de fallecido se paga retroactivo desde el fallecimiento y si la inicias despues del año de fallecido se paga retro desde la presentación ante la ANSES.
TE EQUIVOCAS FIERO, DEJA DE JUGAR AL ABOGADO/A Y ASESORAR A PARTICULARES. A ESTUDIARRRRRRR *leo* *leo* . ESTE ES UNO DE LOS MOTIVOS POR LOS CUALES LOS PARTICULARES NO DEBEN HACER CONSULTAS AQUI, CUALQUIERA DICE CUALQUIER SANATA. VAYAN DE ABOGADOS DE VERDAD, SEAN SERIOS SI QUIEREN RESPUESTAS SERIAS