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  • Cedula 22172: ¿quien la diligencia?

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 #922531  por tito2007
 
Hola, queria consultarles por una cedula 22172. Tengo que enviar demanda desde Capital a Vicente Lopez, Pcia. de Buenos Aires, pero no me queda claro el tema del diligenciamiento. La ley dice "Artículo 8. Los oficios, cédulas, mandamientos y testimonios serán presentados para su tramitación por abogados o procuradores matriculados en la jurisdicción donde deba practicarse la medida." Entonces ¿debo tener matricula, en este caso, en San Isidro para notificar? O tengo que darselo a alguna diligenciadora (cardigonte o similar), porque yo no tengo matricula ahi. Ojala alguno pueda darme una mano. Saludos y gracias por adelantado.
tito
 #922595  por LorePerez
 
Es sencillo, el expte esta en Capital, vos llevas a cedula al juzgado para que te la sellen, la cedula con toda la documental q va de traslado, el juzgado te sella todo, y despues le dejas en una oficina de diligenciamiento, y listo. Como vos decis, puede ser Cardigonte o cualquier otra q conozcas o con la q trabajes q sea de tu confianza.
 #922596  por LorePerez
 
Me olvide, en la cedula pone "Se encuentra facultado para diligenciar y/o delegar dicha facultad el Dr..." xq sino no vas a poder dejarselo a la oficina q diligencie.

Suerte!!