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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #925843  por janet
 
Nunca hice una jubilación por convenio, antes de recibirme se jubiló mi papá por convenio con Uruguay y la hizo solo ante el Anses, así que poco me pudo eso aportar.
La señora nació el dia 27/6/35
Ingresó en el país: 28/7/74
Fecha radicacion: 23/10/78
Exceso de edad: 8 años y 5 meses
Hijos: 5 (por convenio se cuenta 1 año por hijo vivo)
En 1994 regresa a Uruguay y trabaja desde 22/6/95 al 1/5/2004, es decir 8 años y 10 meses
Los cálculos me quedan: Años reconocidos en Uruguay mas hijos: 13 años y 10 meses + 8 años y 8 meses por exceso de edad= 22 años y 6 meses.
Está bien que compre 7 años y 7 meses por Sicam como costurera desde que ingresó al país o desde que se radicó para que sea mas seguro? y que beneficios puedo aplicarle al Sicam.
Luego que compro y paga pido turno por internet en convenios?
Desde ya gracias
 #925920  por hugo2
 
janet escribió:Alguien que pueda brindarme su conocimiento. Desde ya lo agradezco
Esto es solidario, Tambien estamos esperando que vos brindes tus conocimientos a aquellos que lo necesiten.
 #926198  por janet
 
No hay problema, al contrario. He aportado cuando pude y agradezco como lo hice siempre a todos los que me ayudaron y espero nuevamente que puedan tirarme una soga. Gracias de verdad.
 #926230  por dralucigonza
 
Mirá, no estoy muy segura pero considero que deberías aplicar el beneficio del art. 3 ley 24476 ,por la fecha de cese laboral (en 2004). Una vez que mandás el Sicam podés pedir turno para Convenios.
Saludos.
 #926997  por MARU82
 
Janet, como te dijeron podes aplicar el art. 3, más moratoria por el periodo inactivo que tenga cuando estuvo en Arg. La fecha de ingreso al país, usá la que está en el documento...con eso no hay problema. A veces tiene la fecha de radicación y es muy posterior al ingreso real, ahí (y si lo necesitas) se pide un informe a migraciones.... pero si con lo dice el documento ya te alcanza para completar los 30 años, dejá esa.
Fijate que el formulario de solicitud de prestacion en convenios es diferente.
También te recomiendan que si tenes la sabana de aportes de Uru la presentes, sino no importa, porque igualmente lo solicitan internamente ellos.

Espero haberte ayudado.

Saludos
 #928774  por janet
 
Bueno, les comento lo que hice y consulto para ver si estoy en lo correcto:
señora nació el dia 27/6/35
Ingresó en el país: 28/7/74
Fecha radicacion: 23/10/78
Exceso de edad: 17 años y 6 meses
Hijos: 5 (por convenio se cuenta 1 año por hijo vivo)
En 1994 regresa a Uruguay y trabaja desde 22/6/95 al 1/5/2004, es decir 8 años y 10 meses
Lo armé de la siguiente forma:
Años reconocidos en Uruguay mas hijos: 13 años y 10 meses
Exceso edad: 8 años y 9 meses
Sicam: 8/74 a 1/82
Beneficio art.3 ley 24476 : 3/80 a 2/82 (tomo la fecha que culmina de trabajar en Uruguay?)
Ahora bien: Pongo en sicam ley 24476? y después me aparece una leyenda cuando cargo los años y la categoría 307 como costurera,que dice que los años no coinciden con datos de afip que queda sujeto a revisión. Que es esto?
y me aparece desde 8/74 a 6/80 categoria B y el resto categoria A. Está bien? con 7 años y 6 meses de años de servicio y5 años y 6 meses de años con aportes.
Gracias desde ya. Saludos