Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Alimentos

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #926068  por Angeles28
 
Estimados colegas
Estoy haciendo un incidente de aumento de cuota alimentaria en Capital.
El demandado contesta demanda y dice que pasa una cuota de alimentos de $3000 para sus otras dos hijas, de una pareja anterior.
Alguien sabe qué criterio adoptan los tribunales ante esto?
Digo, si a él le parece mucho lo que yo le pido, que haga un incidente de reducción de cuota por sus otros hijos.
No se muy bien cómo refutar su contestación, pero creo que el derecho alimentario de la menor que represento es igual al de sus otras hijas.
Saludos!
 #927274  por gero
 
Hola, creo que seria conveniente distribuir los recursos a todos los hijos por igual, dado que son iguales ante la ley - matrimoniales y extramatrimoniales - yo mantendria la peticion en 20% del haber que percibe con deducion solamente de los aportes legales (obra social etc.), en definitiva el juez fallara en concreto - y adjunta toda la prueba que hace a tu fundamento de necesidad de la menor.-
 #927377  por facultadnqn
 
Colega, le transcribo parte de un fallo de la Provincia del Neuquén, respecto de la consulta que esta haciendo, espero le sirva, "Desde este punto de vista, los argumentos vertidos por el Sr.----------
respecto a su deber de solventar la cuota alimentaria de otro hijo, no pueden
enervar la pretensión de la parte accionante, pues como ha expresado la Alzada
en otros pronunciamientos similares, “... la sola invocación de tener otros
hijos a su cargo no lo releva de su obligación alimentaria ni para aliviarla,
pues a él le corresponde arbitrar los medios para satisfacerla, debiendo
procurarse los recursos necesarios para afrontar las obligaciones emergentes de
la paternidad ...” (“FALZETA SUSANA MARIA C/DE ROSA RAUL ROBERTO S/ALIMENTOS”
Expte. Nro. 884-CA-1997, Sala UNO). A igual conclusión habrá de arribarse
respecto a los argumentos referidos por el alimentante en referencia a la
necesidad de atender sus propios requerimientos y afrontar los gastos del
cuidado de sus padres, pues resulta primigenia su obligación, como progenitor,
de atender a las necesidades de sus hijos menores, sin perjuicio de que las
referidas circunstancias enunciadas se tendrán presentes al momento de
evaluarse el quantum de la cuota alimentaria a determinarse."

Saludos.
 #938254  por Angeles28
 
Gracias colegas por sus respuestas!!