Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Moratoria sin edad - fallecimiento

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #926772  por draines
 
Hola quisiera consultarles los sgte: Es el caso de una pension por fallecimiento, el causante era autonomo y tenia la baja en el 2008. En el 2009 se adhiere a la moratoria 24476, la viuda me trae la clave y veo que tenia esta adhesion donde ampliaron situacion de revista por 5 años y 3 meses para llegar a los 30 años y en los 24 años y 10 meses originales prescribieron periodos y a un mes se le aplico ley 25321 ( lo que no se si se puede hacer si al 2009 no tenia la edad jubilatoria) en el sicam se puso para reconocimiento de servicios. El tema es que liquidaron la deuda en una sola cuota eran 6300 pero entiendo que reformularon el plan y habia un adelanto de casi $ 2000 entonces le quedaba para pagar $ 4300 pero al entrar a pagos veo que pago menos y el plan figura vigente sino debería decir cancelado. De cualquier forma a los fines de la pensión por los pagos que figuran tendria regularidad con más de 15 años de aportes y 12 meses en los ultimos 60 antes del fallecimiento, fallecio en 2012, pero no se si hay que solucionar lo del plan vigente o directamente imprimir los 558 como están y llevar ese plan, voy a consultarlo en Anses y Afip pero tal vez alguién ya me pueda ir orientando. Muchas gracias.
 #926775  por alejandra01
 
draines escribió:Hola quisiera consultarles los sgte: Es el caso de una pension por fallecimiento, el causante era autonomo y tenia la baja en el 2008. En el 2009 se adhiere a la moratoria 24476, la viuda me trae la clave y veo que tenia esta adhesion donde ampliaron situacion de revista por 5 años y 3 meses para llegar a los 30 años y en los 24 años y 10 meses originales prescribieron periodos y a un mes se le aplico ley 25321 ( lo que no se si se puede hacer si al 2009 no tenia la edad jubilatoriaESO NO IMPORTA) en el sicam se puso para reconocimiento de servicios. El tema es que liquidaron la deuda en una sola cuota eran 6300 pero entiendo que reformularon el plan y habia un adelanto de casi $ 2000 entonces le quedaba para pagar $ 4300 pero al entrar a pagos veo que pago menos y el plan figura vigente sino debería decir cancelado. De cualquier forma a los fines de la pensión por los pagos que figuran tendria regularidad con más de 15 años de aportes y 12 meses en los ultimos 60 antes del fallecimiento, fallecio en 2012, pero no se si hay que solucionar lo del plan vigente o directamente imprimir los 558 como están y llevar ese plan, voy a consultarlo en Anses y Afip pero tal vez alguién ya me pueda ir orientando. Muchas gracias.
YO HARÍA UN NUEVO SICAM. DA DE BAJA ESE. PONE JUBILACION. Y HACELO EN CUOTAS. FIJATE QUE AUNQUE USARAS EL MISMOSICAM DEBERIAS PAGAR LOS INTERESES DE ESA DEUDA QUE DEBERIAS CALCULAR. IGUAL PARA PENSION NO TE SIRVE PORQUE NO ES PARA JUBILARSE LA LIQUIDACION, POR CONSIGUIENTE NO SIRVE PARA PENSION.
 #926785  por MARIO1943
 
ES COMO TE DICE ALEJANDRA, TENES QUE DARLO D E BAJA AL SICAM , HACER UNO NUEVO Y EN TIPO DE PRESTACION PONES PENSION Y, POR LO QUE COMENTAS, QUE REUNI LOS 12 MESES DENTRO D E LOS 60 MESES ANTERIOR AL FALLECIMIENTO, NO HAGAS LA MORATORIA, SOLO LIQUIDAS EL SICAM POR LA LEY 24241 Y NO APLIQUES RENUNCIA AL PERIODO QUE TE ARROJA DEUDA , APLICAS EL DECRETO 526/95