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  • (Ley 11757) Personal Temporario Municipal Fraude

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #927613  por ab157
 
Colegas, les traigo la siguiente inquietud. El caso de una empleada municipal dentro de la Pcia. de Buenos Aires, que es despedida en base al Art. 101 de la ley 11757, por lo cual le niegan todo derecho indemnizatorio.

Prestó servicios por más de 5 años, por lo cual es evidente que no reviste el carácter temporario, pero la SCJBA es conteste en sostener que es el Municipio quien decide el carácter de la contratación.

Mis consultas son las siguientes:

1) ¿Cómo puedo acceder a la ordenanza / decreto de designación de la empleada y al de cese ? (Ello porque desconozco cual es el plazo de contratación, si el acto de cese está motivado, etc.)
2) ¿Alguien tuvo una experiencia positiva demandando por las indemnizaciones correspondientes al plantel permanente aduciendo fraude?

Si hay alguna recomendación acerca de como proceder será bien recibida,

Saludos