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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #927712  por draines
 
Hola a todos, mi consulta es por el siguiente tema, una empresa constructora despide a este sr. pero a su vez quiere tomarlo nuevamente y achicar costos, por tanto la contadora los asesora y les sugiere que el trabajador se inscriba como monotributista y que les facture. El sr. podría acceder al beneficio jubilatorio, y el estaria de acuerdo en lo que le propone la empresa, es decir jubilarse e inscribirse como monotributista y de esta forma le siguen dando trabajo, y que ya no exista relacion de dependencia con la empresa ( lo cual para mi modo de ver no evitaria un posible reclamo laboral ) pero independientemente de esto existe incompabilidad para inscribirse en el monotributo y como trabajador independiente seguir realizando las mismas tareas por las cuales se jubilo, porque si bien la ley 24241 en el art. 34 inc. 1 es clara, no se si este caso también estaría incluido ya que pasaria a ser trabajador independiente. Gracias. Saludos.
 #927741  por MARIO1943
 
LA SITUCION FISCAL DE MONOTRIBUTISTA ES AJENA AL CONTRATO D E TRABAJO,NO ES TAN SIMPLE COMO SE VE, HAY QUE EVALUAR LAS CONSECUENCIAS FUTURAS, MIENTRAS TRABAJE PARA UN SOLO EMPLEADOR Y ESTE SOMETIDO A HORARIOS, NORMAS Y ORDENES DE LA EMPRESA ES UN TIPICO FRAUDE LABORAL, YA QUE S E TRATA DE UNA RELACION D E DEPENDENCIA ENCUBIERTA ,DISFRAZADA DE MONOTRIBUTO, PARA QUE REALMENTE SEA CONSIDERADA MONOTRIBUTO, TIENE QUE FACTURAR MENSUALMENTE A MAS DE UNA EMPRESA, HAY MUCHOS FALLOS AL RESPECTO, ESTA FIGURA ENCUBIERTA ES UNA BOMBA D E TIEMPO QUE PUEDE ESTALLAR EN UN CONFLICTO ENTRE AMBOS , EN UN ACCIDENTE DE TRABAJO O EN UN ACCIDENTE MORTAL, ES UN RIESGO LATENTE, YO NO LO ACONSEJO
 #927755  por draines
 
Si opino exactamente como vos, gracias por tu respuesta, pero fue consejo del contador.Ahora bien que opinas con respecto a si luego de jubilado por el regimen de la construccion se inscribe en el monotributo sería para realizar tareas de supervision en las obras según los dichos del dueño de la constructora, se daria una situación de incompatibilidad conforme al art. 34 inc 4 de la 24241?
 #927757  por MARIO1943
 
draines escribió:Si opino exactamente como vos, gracias por tu respuesta, pero fue consejo del contador.Ahora bien que opinas con respecto a si luego de jubilado por el regimen de la construccion se inscribe en el monotributo sería para realizar tareas de supervision en las obras según los dichos del dueño de la constructora, se daria una situación de incompatibilidad conforme al art. 34 inc 4 de la 24241?
LAS TAREAS DE TRABAJO DIEFRENCIALES EN LA CONSTRUCCION ES SOLO PARA RR.DD.
 #927759  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió:
draines escribió:Si opino exactamente como vos, gracias por tu respuesta, pero fue consejo del contador.Ahora bien que opinas con respecto a si luego de jubilado por el regimen de la construccion se inscribe en el monotributo sería para realizar tareas de supervision en las obras según los dichos del dueño de la constructora, se daria una situación de incompatibilidad conforme al art. 34 inc 4 de la 24241?
LAS TAREAS DE TRABAJO DIEFRENCIALES EN LA CONSTRUCCION ES SOLO PARA RR.DD.
ADEMAS EN EL ART. 2 DE LA LEY 22250, LA ACTIVIDAD D E SUPERVISION ESTAN EXCLUIDAS DEL REGIMEN DIFERENCIAL
 #927773  por Emma2011
 
La pregunta que hace draines es la siguiente:
¿Estando jubilado en un régimen especial como es el de trabajador de la construccion puede seguir trabajando como monotrinutista ?
 #927782  por MARIO1943
 
Emma2011 escribió:La pregunta que hace draines es la siguiente:
¿Estando jubilado en un régimen especial como es el de trabajador de la construccion puede seguir trabajando como monotrinutista ?
ESTA PERSONA JUBILADA CON REG. DIFERENCIAL, PUEDE PUEDE SEGUIR TRABAJANDO EN RR.DD. EN LA CONSTRUCCION YA QUE LA ACTIVIDAD DE SUPERVISION EN RR.DD. ESTA EXCLUIDA DEL REGIMEN, ADEMAS PUEDE SEGUIR TRABAJANDO COMO MONOTRIBUTISTA ASUMIENDO TODOS LOS RIESGO DEL FRAUDE LABORAL QUE ESTAN COMETIENDO PARA BAJAR LOS COSTOS,QUIEREN AHORRAR CARGAS SOCIALES, ESTE CASO NO TIENE LA FIGURA DE MONOTRIBUTISTA , A LA LARGA LE VA A SALIR MAS CARO A LA EMPRESA,QUEDA DESCUBIERTO ANTE LA ART.