Mis estimados, disculpen la molestia de la consulta: en un juicio ejecutivo me dieron lugar a librar el mandamiento de embargo e intimacion de pago... mi consulta es la siguiente: esto esta tramitando en San Isidro y la ejecutada debe ser notificada en Pilar, yo redacto el mandamiento y lo dejo a confronte en el juzgado y una vez que esta aprobado lo debo retirar y llevar a la of de mandamientos de PIlar verdad? debo presentar copias de la demanda? y como se la fecha en la que el oficial de justicia va a presentarse a realizar tal acto?? debo saberla para redactar el mandamiento? perdon pero es mi primer ejecutivo, si alguien me guia se lo agradeceré...
