Me dan una mano con esto? En una sucesión, donde tengo que formar una masa de bienes gananciales y otra de bienes propios, tengo, para formar masa hereditaria, que sumarle el valor de donaciones hechas por el causante a herederos forzosos. ahora bien, a que masa se lo imputo?? Por que si se lo imputo a la de gananciales el cónyuge que da excluido, si se lo imputo a la de propios, el cónyuge se beneficia porque cuenta como un hijo más. Seguramente la respuesta es sencilla, pero no la puedo encontrar y la verdad es que es la primera vez que hago una colación. De antemano les agradezco la ayuda y ojala le sirva mi duda a otros, gracias
Entiendo que la imputación dependerá del carácter del bs donado.
Si era propio o gcial.
Vos no determinas su carácter, ni los herederos. Éste estará definido por el momento y modo de adquisición.
Slds!
