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  • LEY 23041 y DECRETO 1078/84

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 #929826  por FroyNavarro
 
Buen día colegas.

Tengo una consulta básicamente de interpretación y me gustaría ver sus opiniones al respecto. Es sobre SAC en remuneraciones variables porque la caracterísitica del trabajo es que en unos meses hay más trabajos para hacer y otros menos. La forma de contratación es normal, a tiempo indeterminado, pero la producción es a destajo -eso sí- respetándose un mínimo diario de convenio.
Mi cliente cobra el SAC y se lo liquidan en base a "la doceava parte de lo ganado en el semestre" tal como reza su CCT. Es decir, una especie de promedio de sueldos y a otra cosa.
Entiendo que, según la 23041 el aguinaldo se calcula en base al 50% de la mejor remuneración del semestre. Pero el decreto reglamentario 1078/84 sostiene que "La liquidación del sueldo anual complementario, en virtud de lo determinado por el art. 1 de la ley 23041, será proporcional al tiempo trabajado por los beneficiarios en cada uno de los semestres en que se devenguen las remuneraciones computables".
Yo creo que el decreto se aplicaría a los casos en que el trabajador es despedido antes de que cierre el semestre, o que haya entrado a trabajar luego del inicio del mismo. Por otra parte, el 28 de la Const. Nac. sostiene que los derechos y garantías no pueden ser modificados por las leyes que reglamentan su ejercicio. Me voy a basar en esto en la audiencia de SECLO que tenemos a principios de febrero proximo.
Qué les parece? estoy equivocado? Còmo entienden Uds. la aplicación del decreto y la ley que les mencionè? Conocen jurisprudencia al respecto, que aún no encuentro?

Por favor espero sus respuestas y opiniones, siempre tan valiosas. Saludos a todos