Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • consulta sobre art 38(DDJJ)

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #92594  por LETICIA ROJAS
 
quisiera saber si alguien me puede informar si sigue vigente el art 38 o el art 3º de la ley 24476 sobre las ddjj.ya que escuche en un noticiero q ahora se deben tener los 30 años de aportes y ya no se puede usar el art 38 o el art 3º, como beneficios,es asi?o escuche mal?muchas gracias

 #92597  por NORMA
 
Los artìculos siguen vigentes!

 #92655  por Ariel_Franz
 
si bien NORMA expresa lo correcto, tambien es dable decir que la vigencia de ambos articulos no resultarian de aplicacion para aquellos beneficios con cese posterior al 31/12/2007, y es de imaginar que a ello se referia la informacion del noticiero

 #92893  por NORMA
 
Ariel:¡Gracias por la ampliaciòn!

Los que tengan cese 2008,se encontraràn en un menudo problema!!!ya que no se les puede aplicar estos artìculos.¡¿verdad?!.¿Habrà alguna soluciòn? :cry:

PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"

 #92983  por empí©docles
 
Entiendo que se debe priorizar el contenido de la ley a los comentarios; hace 03 años que se están regalando beneficios que sólo conducen a la debacle del sistema previsional a corto plazo.- Y el contenido del art. 38 existe desde la creación de la 24241, salvo que modificaran algo lo cual ya debería haberse dispuesto a esta altura del año.-

 #93253  por NORMA
 
empédocles escribió:Entiendo que se debe priorizar el contenido de la ley a los comentarios; hace 03 años que se están regalando beneficios que sólo conducen a la debacle del sistema previsional a corto plazo.- Y el contenido del art. 38 existe desde la creación de la 24241, salvo que modificaran algo lo cual ya debería haberse dispuesto a esta altura del año.-





SIC