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  • cesion de derechos hereditarios antes DH

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 #814702  por Mordisco
 
La cesión puede ser sobre la universibilidad o sobre un bien en particular, pero no se preocupe colega, generalmente los escribanos tienen mucha experiencia en éste tema y puede consultar con su escribano de confianza
 #832159  por nonlaedere
 
mirá, en respuesta a tu pregunta, si haces una cesión de derechos y acciones (en la prov. de Bs. As. se puede hacer gratuita en el Juzgado, ante el Secretario, pero sólo cuando es entre coherederos. Cuando es hacia terceros se debe hacer por escritura pública), o sea que, en tu caso es ante Escribano Público. Con esta subrogación en los derechos el comprador no puede abrir el sucesorio, ya que no resulta acreedor del causante, sino que es acreedor de los herederos, por lo tanto si no están declarados como herederos, le es imposible hacer valer su acreencia.
A mi entender, y creo no equivocarme, la única solución que tenés es abrir la sucesión del padre de tus clientas, y a partir de allí tenés dos opciones (ambas onerosas). 1) vender por tracto abreviado. 2) Una vez tenés la DH, ahí sí haces la cesión ante Escribano público y el comprador prosigue con el trámite, el Juez ordena la Inscripción de DH (que la podés hacer vos, siempre hablando de Prov., y representa un tercio de los honorarios por la suc.). Espero haber sido de utilidad
 #832162  por nonlaedere
 
mirá, en respuesta a tu pregunta, si haces una cesión de derechos y acciones (en la prov. de Bs. As. se puede hacer gratuita en el Juzgado, ante el Secretario, pero sólo cuando es entre coherederos. Cuando es hacia terceros se debe hacer por escritura pública), o sea que, en tu caso es ante Escribano Público. Con esta subrogación en los derechos el comprador no puede abrir el sucesorio, ya que no resulta acreedor del causante, sino que es acreedor de los herederos, por lo tanto si no están declarados como herederos, le es imposible hacer valer su acreencia.
A mi entender, y creo no equivocarme, la única solución que tenés es abrir la sucesión del padre de tus clientas, y a partir de allí tenés dos opciones (ambas onerosas). 1) vender por tracto abreviado. 2) Una vez tenés la DH, ahí sí haces la cesión ante Escribano público y el comprador prosigue con el trámite, el Juez ordena la Inscripción de DH (que la podés hacer vos, siempre hablando de Prov., y representa un tercio de los honorarios por la suc.). Espero haber sido de utilidad

Re: cesion de derechos hereditarios antes DH
 #832195  por legalescom
 
Ros escribió:Siguiendo este post, tengo un tema a resolver y creo que estoy mas orientada gracias a estas respuestas, les comento mi caso:
estoy siguiendo una sucesion, ya hay declaratoria, pero uno de los herederos declarados, fallece el año pasado, ya hable con sus hijas y no tendrian problema en firmar para transmitir el bien a mi cliente que es el comprador, el tema es que el heredero fallecido justamente no habia firmado en su momento la venta porque estaba muy enfermo y no podiamos ir a hacerle firmar, lamentablemente fue asi, y las hjas se comprometieron a hacer despues de fallecer todos los tramites para transmitir su porcion del unico inmueble que compone el acervo de sus abuelos.
Mi pregunta es la siguiete y siguiendo el hilo de este post: para evitar que las hijas del heredero fallecido, tengan que hacer tramites que es lo que no quieren, les tendria que hacer firmar una cesion de derechos y acciones sobre el inmueble a favor de mi cliente, para que pueda presentarse como cesionario y abrir la sucesion? espero prontas respuestas!
Te respondo: El cesionario no es, ni puede ser parte en la sucesión. Además, si le hiciere una cesión de derechos y acciones sobre el inmueble, no le serviría de nada a tu cliente, ya que ellas no son titulares registrales. Tienen que hacer, lisa y llanamente una "cesión de derechos hereditarios"; Como dijimos que el cesionario no es parte en el sucesorio, tendrían que firmarte el escrito promoviendo la sucesión y algún petirorio más o, directamente, conferirte poder judicial especial para esa sucesión. La cesión de derechos hereditarios le tienen qjue hacer por escritura pública.
 #925389  por NEliseo
 
Buenas, tengo cliente "cesionario" con cesión dchos. heredtarios,(año 1987) hecha por la (cedente ) cónyuge superstite del titular de dominio, por escritura pública.
La cedente tambien falleció. Según el cesionario no hay herederos y es el único inmueble. Dice:" cede y transfiere en forma gratuita, a favor de.. todas las acciones y dchos. que tiene y le corresponde en la suc. de su esposo xx, fallecido el dia xx año 1975, tanto lo que le corresponde como cónyuge superstite como los que le puedieran corresponderle como heredera con relación a UN INMUEBLE situado en....

La sucesión del esposo nunca fue iniciada.

Qué opinan?
 #925453  por Mordisco
 
Amén de la sucesión del esposo, tb ahora queda la sucesión de la cedente, que lingo regalito para fin de año.
 #928859  por NEliseo
 
Sí Mordisco, tenés razón, pero analizando.. el cesionario es un "tercero", por lo cual no creo que me acepten iniciar el sucesorio ya que no tendría legitimación como heredero. Debió haber sido onerosa. Encaro una usucapión larga, qué opinás, y no menciono nada de la cesión.
 #930416  por NEliseo
 
Les consulto: Sucesión del padre, 2 hijas con DH.
Una de ellas cedió los derechos hereditarios a la otra (mi clienta), dicha Cesión x escritura publica se presentó en el Expte, pero nunca se pidió su inscripción conjuntam con la DH.
Ahora la cesionaria tiene un comprador, por necesidad tiene que resolver ya (y vende financiado) podría hacer boleto de compraventa, o cesión de la cesión que ya tiene?.. De todas manera se va a obligar a terminar con los trámites de inscripción de la Cesión de dchos. heredit. que le hiciera la hermana a su favor, o podría presentar directamente el boleto de compraventa para que se inscriba el inmueble a favor de ese 3ro.?
Gracias por su opinión y sabiduría.
 #1165140  por paulcace
 
Hola a todos! necesito consultarles algo. Tengo un cliente con una cesión de derechos hereditarios onerosa realizada por un tercero al cual los herederos y cónyuge le habian cedido. La cesión es sobre un bien determinado que según el nuevo código a este respecto su eficacia esta sujeta a que el bien sea atribuido al cedente en la partición. No se ha iniciado declaratoria de herederos (esto es en pcia de Córdoba) y tampoco los herederos quieren iniciarla por lo que pretendo iniciarla como cesionario pero estoy confundida con la legitimación para hacerlo. Uds que opinan? desde ya muchisimas gracias!
 #1165407  por Julio1942
 
Chicos buenas tardes, tengo un caso en el cual mi clienta tiene una cesion de derechos a nombre suyo y de su marido de un inmueble desde el año 2009 en el cual edifico , no tiene ni boleto de compraventa , ni escritura, asi como tampoco se inicio la sucesion de esos derechos cedidos, que me recomiendan hacer???
 #1176162  por AguIba
 
AYUDAAA
hola!.. yo tengo una duda en cuanto al inventario y avaluo, porque mi cliente inicia la sucesion de su mama pero la abogada que lo inicia no determina bienes, se hace la declaratoria de herederos y queda ahi el expte y se archiva, yo pido se desarchive para su compulsa y lo retira otra dra. representando un cesionario, el cual acredita que mi cliente le cedio derechos y acciones hereditarias x medio de escritura publica de una porcion de un inmueble, mi cliente me dice que es real. ahora yo quiero hacer el inventario y avaluo en donde individualizo uno de los inmuebles q nada tiene q ver el cesionario end onde pongo que la titularidad le corresponde a mi cliente x ser unico hijo y heredero de la causante, y respecto de la porcion indivisa del otro inmueble materia de la cesion... pongo en titularidad que le corresponde al SR. fulano de tal, por ser cesionario de mi cliente... y todo eso?