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  • Honorarios del depositario judicial

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 #931845  por ciceronio
 
Buen dia estimados colegas.
¿Alguien me puede decir en base a qué pautas se regula el pago al depositario judicial de un bien? ¿es en base al monto del juicio, al valor del bien...a qué?
Otra cosa, si el depositario no cumplió bien su función y entregó el bien en estado catastrófico igual tiene derecho al pago?
Quien paga ese gasto, el que pidió el secuestro o el que pierde el juicio?
Y por último ¿desde cuando comienza a computarse a los fines de la prescripción el derecho al cobro de dicho pago?
Si alguien me puede ayudar...busqué en algunos libros, en internet, y encontré apenas pautas genéricas sobre la figura, nada concreto ni práctico