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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #932301  por dieyali
 
Colegas: el lunes tengo mi primera consulta laboral y la duda es la siguiente:
cuando un trabajador no esta registrado y tiene un accidente laboral la ART debe hacerse cargo igual?

gracias saludos
Dieyali
 #932313  por DiegoAle
 
Si el empleador ha contratado ART pero tú cliente no estaba registrado, igual tiene que responder la ART conforme al art. 28 de la LRT.
 #932325  por DiegoAle
 
Además de las normas que integran el régimen de reparación conforme la ley 26773, yo diría que no te olvides que la protección a ese sujeto de preferente tutela de no se limita a esas normas si no que a todo el derecho (principalmente el derecho común laboral y civil y el bloque constitucional).
Te recomiendo autores como Cornaglia (en su blog hay varios artículos), Formaro (hay una artículo en este foro), Schick (en su página tiene todos sus artículos), etc., también los dictamenes del Instituto del Colegio de Abogados de Quilmes y los trabajos que están en esa página como el de Eduardo Curuchet, el dictámen del IDEL-FACA respecto a la 26773, la demanda de inconstitucionalidad de la 26773 presentada por el Colegio de Abogados de Capital Federal, etc.
Saludos.
 #932330  por dieyali
 
Muchisimas gracias por tu valiosa ayuda.
Perdon me olvide de decirte que el trabajador hacia 3 meses que trabajaba en el lugar. Igual le corresponde a la Art hacerse cargo?
Gracias

Dieyali
 #932335  por DiegoAle
 
Si el trabajador se accidentó el primer día de trabajo cuando iba para su lugar de trabajo, también le corresponde.
El contrato de trabajo tiene vigencia desde el primer día.
Saludos.