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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #932197  por MARCO82
 
Hola, tengo un caso en que una mujer vive en Italia con sus hijos. El padre su mudó a Argentina. Se hizo un convenio de alimentos, aunque todavía no esta en ejecución.
La cuestión es que si le envía pesos de mucho no le sirve, y si los compra al valor "no oficial", se reduce mucho la cuota. El padre tampoco está en posición de comprar dólares (y aunque lo estuviera no creo que el Estado lo permita)
Caso contrario, alguien inició alguna medida judicial tendiente a permitir la comprar de divisas?
Gracias, saludos
 #932247  por ccolalongo
 
Teniendo la madre cuenta allá y el padre cuenta acá, demostrando que los menores residen allá puede transferir un máximo de 1500 euros a valor oficial por vía bancaria, por ayuda familiar. Que pregunte en su banco, pero presentando toda la documentación se puede hacer.
 #932814  por MARCO82
 
Muchas gracias!.
Sabes en que normativa esta esa posibilidad?. Asi me presento en el Banco.
Saludos
 #935421  por MARCO82
 
Si, ya la había encontrado pero me olvide de postearlo.
El tema es que no se como se hace en la practica con el banco.
Saludos
 #935446  por ccolalongo
 
Depende el banco pero en general tenes que tener los fondos depositados en una cuenta (en pesos) y presentas toda la documentación en el banco y el pedido (en general por nota) y cada banco lo canaliza a través de su departamento de comercio exterior. No es complejo.
 #970379  por MARCO82
 
Hola ccolalongo.
Te comento que ya tengo designada la cuenta judicial para realizar el deposito del monto en pesos en la Argentina. Ahora tengo que presentar constancias en dicho banco para que autoricen la transferencia en moneda extranjera?. Y puede ser a cualquier Banco del exterior?
Si podes orientame un poco mas.
Gracias, saludos.
 #970399  por ccolalongo
 
En base a esa comunicación A del BCRA tenés que justificar por nota en el banco donde tenés la cuenta que autoricen la transferencia (la hacen ellos y convierten directamente); tené en cuenta que tenés que adjuntar de la persona que va a recibir (madre de los menores) la titularidad de esa cuenta y la residencia en el país que esté y copia de la sentencia o convenio homologado, están muy estrictos con eso, sino no te lo autorizan. Tiene que ser muy claro que es ayuda familiar y a que familiar directo va (en éste caso los menores a través de la madre), igual consulta en el banco con esa comunicación del BCRA en mano que requisitos te piden.
 #970404  por MARCO82
 
Muchas gracias, voy a ir al Banco a ver que me solicitan.
Cualquier cosa te aviso.
Saludos